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Tipo de contrato

3 Comentarios
 
13/07/2012 00:23
Hola meca, tu solución esta toda en la Disposición Adiconal 27 de la LGSS, Rd 1/1994.
Como bien dices, tu marido esta encuadradardo en el Régimen general como asimilado , pero con exclusión del FOGASA y el desempleo. (supongo)
En tu caso deberias de encuadrarte en el Régimen general sin ninguna caracteristica especial.
12/07/2012 19:56
muchas gracias, perdon se me olvidó comentar que mi marido está en el Regimen General con exclusion por ser Administrador no retribuido su retribución es por el trabajo que realiza en la empresa.
06/07/2012 10:35
Estarán encuadrados en el regimen de autonomos, los siguientes.
cuando la participacion junto con la de su conyuje y parientes por consanguinidad,afinidad o adopcion hasta el segundo grado con los que convivan alcance la mitad del capital social.
Los demàs en el general o lo que acuerden los estatutos.
Tipo de contrato
06/07/2012 09:53
Mi marido tiene un 20% de participacion en una SL su socio que es su tio el 80%, el esta dado de alta en la Seguridad Social en el regimen de autonomos si quisieran contratarme en que regimen deberían hacerlo.