La empresa quiere contratar a unas azafatas para un evento la semana que viene, las trabajadoras prestarian sus servicios el martes, jueves y viernes, siendo la jornada diaria de 8 horas.
Mis dudas son las siguientes:
- ¿tengo que hacer un contrato de obra y servicio a jornada completa para el martes y otro para el jueves y viernes?
- ¿puede ser un solo contrato estableciéndo que los días de trabajo son el martes, jueves y viernes?
La verdad es que supongo que si no pensara tanto todo sería más sencillo.
¿Y uno de obra a tiempo parcial no podria ser? Lo digo porque al decir que los dias que trabaja son 8 horas, en principio yo tambien hubiera pensado en la jornada completa. Pero en este caso, ya que solo son tres dias, pues eso ¿porque no uno parcial aunque en los dias que trabajan hagan 8 horas?
A mi tambien me interesa, por si acaso se da un supuesto parecido a esto.
Habia pensado en uno a tiempo parcial, porque en una jornada semanal de 40 horas van a trabajar 24 horas, pero entiendo que eso es así cuando la duración del contrato es mayor, no solo por 3 dias.
La verdad es que me urge mucho, ya que muchos de los trabajadores comienzan el lunes.
Ahora me han dicho que los dias de trabajo serán:
16, 18, 21, 22, 25, 27, 29
En fin, que estoy que no sé si hacer un contrato temporal por cada día de trabajo o un contrato temporal estableciendo que los dias de alta serán los mencionados.
yo hago en estos casos contratos temporales a tiempo parcial, pongo los dias y las horas de trabajo, y les finalizo el ultimo dia.
asi, aunque aparezca como cotizado todos los dias, como se le paga % de jornada las cuentas cuadran.
si trabaja el 16, 18, 21, 22, 25, 27, 29 a razon de 8 horas diarias, pues un contrato 502 (son 56horas en un periodo de 14 dias) que es el 70% de la jornada.
Digo yo...
Un contrato de obra, ya que se trata creo entender de una obra o servicio con autonomía dentro de la actividad de la empresa, a tiempo parcial, deberás dejar claro los días de trabajo y el horario, ya que la modalidad de tiempo parcial exige concrecion horaria y distribución de la jornada de trabajo, sino te cabe haces un anexo.
Pero cuando dices que pones los dias y las horas de trabajo, ¿lo estableces en claúsulas adicionales exponiendo que van a ser los dias 16, 18, 21, 22, 25, 27, 29 a razón de 8 horas diarias ?. Lo digo porque de alguna forma tengo que proteger a la empresa por si en caso de una hipotética inspección al preguntar a l trabajadora ésta le diga que trabaja 8 horas dias sueltos.
No le veo problema a que vayan a trabajar ocho horas diarias ya que el alta va a ser del 16 al 29, lo que daría en cómputo una jornada inferior a las 4o horas semanales, y por lo tanto a tiempo parcial.
exacto, yo lo pongo en c. adicionales, cuadro el porcentaje de la jornada al total de horas y sin problema. suelo usarlo en trabajos de limpieza, o en promociones, por tanto creo que tu tampoco tendras problema al hacerlo asi.
pero a efectos de cotización es un punto más alto el porcentaje de tiempo parcial que tiempo completo. Además si la empresa dice que cada día de trabajo va a cobrar 80 euros, como lo establezco en el contrato?
En cuanto a la posibilidad de hacer un contrato temporal a tiempo completo por cada día de trabajo, ¿sabes si sería correcto?
el que algo quiere algo le cuesta;
el salario se lo puedes poner como tal, o poner que se paga segun convenio, y si es igual o mas alto que el convenio sin problemas, ajustas los dias al dinero total.
por otro lado, supongo que si seria correcto el contrato temporal a tiempo completo por cada día de trabajo, ya que se identifica causa, pero encadenas muchos contratos seguidos ¿? y ademas es mas trabajo para ti.
no se, no se.
Al ser una relación de trabajo inferior a 20 días no es preceptivo la realización de ningún contarto por escrito, solo se precisa una comunicación global al INEM, con lo,cual las das de alta y baja en SS cada día que trabajan , les realizas la nomina de los días realmente trabajados y cotizas por ellos . Punto Salúdele.
Lo encontraras en la web del INEM,(Tipo de contrato eventual) junto con el modelo de comunicación , en el cual se relacionan los empleados indicando los días que han trabajado, y se les da una copia de la misma en lugar del contrato eventual
En concreto es para contratos inferiores a cuatro semanas, viene en el E.T , consideraremos cada día de actividad, como si fuera un contrato de un solo día.
Te comente 20 días por lo de ir siempre sobrado y no apurar, los límites 4x7=28 días........