Saludos cordiales.
¿Que tipo de contrato innominado es el que celebran las inmobiliarias españolas con sus clientes por el cual se obliga la inmobiliaria a prestar sus servicios de promocionar el inmueble objeto del contrato , ademas de la asesoria jurídica contractual , y por otra parte el cliente se obliga a no solicitar servicios de otra inmobiliaria y a permitir que se cuelgue el cartel de la inmobiliaria en el inmueble? . ¿como se llamaria, cual es su fugura mas comun ?
Gracias de antemano por sus respuestas