De hecho ya ha pasado por el consejo de ministros, 1º como anteproyecto de ley (dando por sentado q la iniciativa fue del gobierno, vía ministerio de justicia) y luego como proyecto de ley. De ahí pasó al congreso y luego al senado, de donde (si no han existido enmiendas ni veto del senado) deben ser sometidas al rey para sanción en el plazo de 15 días, q las promulgará y ordenará su inmediata publicación en virtud del art.91 de la constitución.
Referencias normativas (sin ánimo de exhaustividad):
- Arts.87 a 91 CE.
- Ley 50/97 del Gobierno: art. 22.
- Reglamentos del Congreso y del Senado: arts.108 y ss y arts. 104 y ss, respectivamente.
Tienen que pasar por consejo ministros las nuevas tasas judiciales?
Tengo que presentar una demanda de 800.000 € y no quiero que me pille el toro, ¿tienen que pasar por el consejo de ministros o lo pueden publicar mañana mismo?
gracias