1. Sí, más que pagar (no todos pagan) están sujetos al IRPF. Todas las rentas están sujetas al impuesto...también las pensiones, aunque algunos pensionistas no pagan por no llegar al mínimo exento o por estar exentas determinadas pensiones (incapacidad absoluta, orfandad, etc)
2. Es un impuesto sobre la renta de las personas físicas y las pensiones son rentas y los pensionistas personas físicas.
Se trata de una persona de 92 años, residente en una residencia, con plaza fija concertada en la Junta de CyL. El corresponde el grado 3 y nivel 2 de dependencia es el máximo, es decir: tienen que asistirla para todo.
El motivo por lo que he expuesto el tema a debate en este foro, es porque en la comunidad de CyL han cambiado las leyes y como consecuencia de la misma le han incrementado el recibo mensual en 350 euros. (No llega con su pensión) fui a Hacienda para mejor información y me entero que le están haciendo una retención del IRPF de 1.500.- euros. Pero eso no es todo, sino que el incremento del recibo mensual va en función de los ingresos y como los 1.500.- euros se lo suman al neto para el cálculo de la prestación correspondiente de la nueva Ley
Caletilla, si eres tan amable me podrías pasar la Ley donde está contemplado??.
Un Saludo.
dark satan. Ya sabes el motivo, tambien te doy las gracias.
El tema de la dependencia en Castilla y Leon ha sufrido importantes modificaciones desde julio de 2012. Puede informarte en estas direcciones WEB
Informacion general
http://www.jcyl.es/web/jcyl/ServiciosSociales/es/Plantilla100/1168278410141/_/_/_
Normativa (entre ella la Ley a la que haces referencia):
http://www.jcyl.es/web/jcyl/ServiciosSociales/es/Plantilla100/1179470046999/_/_/_
Con independencia de ello me llama mucho la atención un tema...que a una persona con ingresos no muy elevados (según se desprende), con una evidente discapacidad y con una edad de 92 años se le efectúe una retención del IRPF de 1500 euros (que evidentemente se computan como ingresos según te han indicado en hacienda).
Para evitar que se produzca esa retencion a cuenta deberíais intentar que le valoren su discapacidad en el IMSERSO (no es lo mismo que los grados de dependencia...es un porcentaje que va del 0 al 100 por 100). Si supera el 33 por ciento ....que lo superará con seguridad... tiene derecho a un mínimo exento mas alto a efectos del IRPF con lo cual en cuanto comuniqueis al pagador de la pensión la situación de discapacidad la retención desaparecerá casi con total seguridad.
Hola, muchas gracias por la información.
Es de vital importacia lo que me has dicho, separar los grados de dependencia y la valoración de descapacidad.