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¿Tienen derecho a voto los asistentes por delegación a las reuniones de propietarios?

4 Comentarios
 
23/11/2006 14:47
siempre y cuando dichos propietarios no sean morosos
23/11/2006 10:50
En cualquier caso, los asistentes por delegacion, tienen todos el derecho a votar en todos los asuntos, como si fueran el propietario al que representan.
Ya el propietario al que representan, les habra dado las oportunas instrucciones, sobre todas las supuestas situaciones, que puedan surgir en la Junta.
22/11/2006 23:11
Ni si ni no depede sobre todo contestando a Fontanero depende de lo que se proponga votar durante la Junta pueden surgir mil cosas que aun sin estar en orden del dia se pueden votar y aprobar en su caso. Otras tantas que sobre todo son de tal relavancia e importancia que deben aparacer en orden del dia no. Pero no tan rigido como citas.
22/11/2006 18:24
No.
En el acto de ruegos y preguntas no caben votaciones, solamente se pueden votar los temas que estén establecidos como orden del día.
¿tienen derecho a voto los asistentes por delegación a las reuniones de propietarios?
22/11/2006 16:37
¿Tienen derecho a voto los asistentes por delegación a las reuniones de propietarios, en aquellas votaciones que surgen en la fase "Ruegos y preguntas", es decir, en las votaciones que no figuran el el "Orden del día?