Coincido con Hoplon, aunque también habría que tener en cuenta que para empadronarse es necesario demostrar que se es dueño o inquilino del inmueble, mediante contrato y/o factura de suministros.
Por último: el casero no tiene ninguna obligación legal de empadronarla a usted. Pero le recuerdo que es un trámite que puede hacer por su propia cuenta.
Y recuerde que para algunas sentencias, el alquiler de habitación no está amparado por la LAU en sus disposiciones destinadas a vivienda. Por ejemplo SAP Madrid (Sec. 9ª) de 28-3-2019.
Yo considero que Leonjbr la ha entendido perfectamente y suscribo su intachable respuesta.
El contrato verbal es tan válido como el contrato escrito: lo importante de un contrato es si existe o no existe, y el contrato existe.
¿Tiene sus recibos o los resguardos del pago por Banco?
Si su contrato tiene tres años, es de aproximadamente septiembre del 2017: los tres primeros años ya han transcurrido, y está usted en el cuarto año de prórroga que contempla el art. 10 de la LAU en su redacción vigente en el 2017.
Gracias por contestar, pero es que no me ha entendido, el casero no nos hace contratos escritos, tampoco nos empadrona porque no declara a hacienda, segundo el contrato verbal que he tenido con el era de que yo me pueda quedar el tiempo que quiera y de hecho tengo una compañera que lleva aqui viviendo 8 años, yo llevo 3 años, me subio el alquiler hace 1 años, ahora quiere subirlo otra vez, tiene derecho a subirme el alquiler y si no se lo subo me puede echar? Puede cambiar la cerradura si salgo y tirarme las cosas en la calle?
En principio, con los datos que da, pienso que aún no puede echarle porque su contrato tenía una duración inicial de unos 3 años y como ya han pasado lo más probable es que se encuentre ud. en la prórroga de un años prevista en el art. 10 LAU.
El hecho de que el contrato sea verbal le favorece.
De todas formas esto es un poco pan para hoy y hambre para mañana, porque un año pasa pronto y si la política del casero es subir por subir, pues igual le interesa ir buscando otra cosa.
¿tienen derecho a subirme el precio del alquiler de una habitación?
Hola!
Vivo en un piso compartido en el centro de Madrid, el caser tiene varias casas y las alquila por habitaciones, no hace contrato y tampoco nos empadrona, llevo 3 años viviendo en esta casa, empece pagando un precio y a los dos años me subio 15 euros de golpe, no queria entrar con el en discusiones y empece a pagarle la subida, ahora esta otra vez con que me quiere subir, que si no me gusta que me vaya, el aprovecha de que cuando se queda una habitación libre le sube mas para alquilarla y la verdad que la gente se lo paga, no se si tiene derecho a echarme de la casa si no le subo el alquiler,
Saludos y gracias