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¿tiene validez una consulta médica telefónica para una revision del evi?

1 Comentarios
 
¿tiene validez una consulta médica telefónica para una revision del evi?
15/03/2021 11:19
En los próximos días voy a presentar una SOLICITUD DE REVISIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE A INSTANCIA DE PARTE.
Los dos últimos informes médicos que tengo de la Seguridad Social, son de consulta telefónica, por motivo de la pandemia.
Estos dos informes son de suma importancia para la revisión que voy a pedir, pues en ellos se indica el agravamiento de la enfermedad, aunque de una manera "sobreentendida". Quiero decir, no sería lo mismo si me vieran físicamente. Estoy hablando de una enfermedad crónica neurodegenerativa, por supuesto incurable.
¿Se valoran con el mismo rigor estos informes de consuta telefónica que si se trataran de consulta presencial?
Muchas gracias.
21/03/2021 11:25
Bernardo
Hola. Tienen el mismo valor pues son informes emitidos por los médicos especialistas de la seguridad social.
Cuestión distinta es que los informes estuvieran en contradicción con pruebas médicas ( resonancias, gammagrafías, ecografías, etc..). En estos casos , cambia la valoración.
Ahora bien cada médico del EVI ( tribunal médico) (o ICAMen Catalunya) valora según su criterio dichos informes.Que tengas suerte .
Saludos