Buenas, haber si encuentro un verdadero experto:
la pregunta y la respuesta no es tan simple, me explico:
somos tres socios trabajadores de una sll, al 33,3333...%, cada uno, osea a partes iguales.
Hemos tenido perdidas durante los tres años y queremos logicamente disolver la sociedad.
Al haber estado cotizando para desempleo, supuestamente tendriamos derecho a cobrar el paro. Claro que tambien dice alguna ley, que si el trabajador se da de baja voluntariamente, perderia dicho derecho; OSEA (que si ponemos la empresa sin actividad, y nos damos de baja :podemos cobrar el paro?¿seria como despedirnos a nosotros mismos?¿que solucion favorable podemos tener?.
gracias