Usted es titular.
Pero la oficina del administrador no es la oficina del consumidor, por lo cual el administrador si lo cree conveniente no le informara,
puede usted solicitar informacion? SI
DONDE? en la junta
En el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal en el apartado E dice actuar en su caso como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
Lo que no tengo claro si los titulares somos cada propietario o solo el presidente?
Como propietario de un piso en una comunidad, me surge la siguiente duda.
Hay alguna ley de la propiedad horizontal, que pueda exigir al admin que me enseñe los requerimientos que se han echo al resto de propietarios de la comunidad?
Por ej.
Una carta certificada requiriendo a tal vecino que retire cosas del garaje, que segun el art. Tal de la lph y como acuerdo en junta, se tomaran acciones legales.
Siempre y cuando, que no se muestre el nombre y apellidos de la persona que se le requiere, por proteccion de datos, simplemente que enseñe la admin a un vecino cualquiera, que no sea el presidente el contexto de la carta, y la direccion de destino.
Hay alguna ley que se le pueda exigir a la admin ?