por favor necesito que alguien experto si puede me responda.Hemos pedido unas medidas urgentes para un cumplimiento de sentencia.Amis hijas se les concedio el uso de la vivienda familiar y al padre custodio en sentencia firme tras el divorcio.El padre custodio ha abandonado dicho domicilio,que cuenta na hipoteca de 1.500 euros que se paga al 50% por ambos progenitores.Como digo ,la ha abandonado y se ha ido a un piso a pocos km de este domicilio por el que paga 1.300 euros,imcumpliendo la sentencia y cambiando de cuidadora d las niñas y la ruta escolar sin consultar nada a nadie,es decir porque le ha dado la gana.(tiene sus razones personales que ahora no vienen al caso,pero que son absurdas).Y mi pregunta es la siguiente,(de esto hace dos meses) y despues de este tiempo de espera,y habiendo presentado ellos sus alegaciones el juzgado la jueza o no se quien se descuelgan,diciendo que tenemos 5 dias para oponernos y entonces se decidira una nueva vista o una resolucion.Pretenden hacer una nueva vista pidiendo unas pruebas que en el juicio en el que se dicto sentencia no se permitieron.Me pregunto ,tiene la jueza jurisdicion despues de dictar sentencia firme y estando a la espera de la apelacion a la audiencia provincial.Dentro de se lego en la materia a mi entender lo unico que tiene que hacer la jueza es dictar sobre el incumplimiento de sentencia y nada mas,pero por eso ,por favor hago la pregunta,y la respuesta os agradeceria fuera rapida para saber que tipo de actuacion tengo que tomar.Gracias de antemano ,si necesitais alguna aclaracion no dudeis en pedirmela
satanete,creo que no has entendido,como que no habita,no habita porque se ha ido,la vivienda es la que el juez ha otorgado a las niñas,despues de la separacion es la vivienda que ocupabamos cuando estabamos casados,y se la otorgo el juez a las niñas para vivir en ella,y es donde han vivido desde que nacieron.
De momento, para parar el plazo, es muy importante, pide en el Colegio de Abogados o mejor aún, en el mismo juzgado, asistencia jurídica gratuita, si no tuvieras derecho a lo gratuito, pues te lo darán del turno de oficio, y, ahí, le expondrás el asunto al abogado, tranquilamente, pero eso de ser sentencia firme, no sé, porque ya es inapelable, no se admite recurso alguno, quizás te refieras a que ese juzgado ya emitió su sentencia que fue recurrida por la otra parte, ¿es así?
yamie,la sentencia es la que dicto el juez tras el divorcio,en el que otorgaban el domicilio a las menores y al padre custodio,yo me marche de la casa y pago la pension de alimentos.El incumplimiento viene por el abamdono del domicilio otorgado a las menores sin razon alguna de peso.Porque si cada uno puede hacer lo que quiera yopodria empezar a no pagar y estaria haciendo lo mismo incumplir la sentencia,por eso creo que el juez se tendra que pronunciar y hacer que las niñas vuelvan a donde tienen que estar. La sentencia no se3 recurrio,puesto que tinene lo que pedia que es la custodia,que a mi entender no quiere decir que puede hacer lo que le de la gana ,porque se trata de que las niñas sigan su vida de la mejor manera ,es decir de la forma mas normal,gracias
yamie,aparte de dejar la casa,ha cometido,un alzamiento de bienes,porque ha vaciado la asa de todo el mobiliario,dejandola totalmente vacia,mobiliario,que es mio al 50%,ya que yo al salir de la casa,me fui exclusivamente con mi ropa
satanete,yo te repito que el domicilio ,no se la ha otorgado el juez al custodio,el domicilio se lo ha otorgado el juez a las menores y consecuencia de ello al custodio no a la inversa y eso en sentencia.Por eso el abandonar ese domicilio es incumplimiento de sentencia.A mi concretamente que no soy el custodio,se me sentencio a abandonar ese domiciloio en el plazo que habia para empezar a cumplir la sentencia.Te parece normal ,que yo tenga que estar pagando un alquiler,tuve que amueblar la casa,y ahora el se halla llevado todo el mobiliario,lo cual es un alzamiento de bienes y que ahora aparte del alquiler tenga que estar pagando una hipoteca de un piso que esta vacio¿de verdad crees que es normal?Por esa regla de tres podemos hacer todos lo que nos de la gana,no te parece.Por esa misma razon yo podria dejar de pagar la hipoteca y que embarguen la casa y como eso un monton de cosas mas,como dejar de trabajar y no pagar la pension porque total es para lo unico que me da el sueldo para pagar pension alquiler y hipoteca,segun tu dices entender por no ser mi obligacion trabajar .
A ver si me explico, el juez declara que el domicilio conyugal ha de quedar a disposición del custodio de las menores, hasta ahí todos de acuerdo. Te repito que el custodio de los menores se puede mudar cuando quiera (no le obligan a permanecer en esa dirección), creo yo que se puede llevar los muebles ya que aún no se habrá hecha liquidación de gananciales y él tiene el derecho de disfrute.
Ahora bien creo que tu puedes solicitar el mudarte al anterior domicilio conyugal del que eres copropietario y el otro no lo usa.
Más no veo.
gracias satanete,pero no entendemos lo mismo,cuando el juez se pronuncie te lo hare saber,y entonces sabremos si era derecho u obligacion,de todas formas muchas gracias de nuevo por tu opinion.lamento no poderte dar mas detalles,pero este no es el foro adecuado