Supuesto: Causo baja voluntaria en la empresa, la fecha de baja es, pongamos, el 10 de febrero pero yo lo notifico a mediados de enero, entiendo que la nómina de enero la debería cobrar normalmente, y se me debería preparar la liquidación en función de los 10 dias de febrero, extras y vacaciones proporcionales. ¿Tiene derecho la empresa a, puesto que en enero ya saben que me voy, no pagarme la nómina en la fecha habitual y meterlo todo en la liquidación?
La empresa debe pagar la nómina en la fecha habitual de los meses anteriores, (esto se fija en el convenio de aplicación, normalmente cuando se cobra a primeros de establece el cobro del 1 al 5), no obstante esto es lo que fija la ley pero cuando hay finiquito las empresas se guardan esas cantidades para hacer un pago único a los 15 días os final de mes con todas las cantidades, Qué pasa pues que usted a partir del día 6 ya puede reclamar el pago y con un 10 % de intereses, lo que ocurre es que como saben que le pagarán antes de llegar a juicio pues de eso se aprovechan a usted le asiste la ley pero ellos juegan con ventaja y a usted solo le queda aplicar el ajo de ajoderse.
smo
La nómina es algo sagrado, no se puede hacer nada distinto al resto de otros meses. Otra cosa es cómo quieran preparar la liquidación o si acuerdan pagarla en X días...