Bien, tenemos una trabajador que lleva 20 años en una empresa, y le dicen que la empresa va a cesar en su actividad, es decir va a cerrar.
Le instan a otra empresa a continuar en las condiciones estipuladas con la del cierre.
-¿Tiene derecho a algun tipo de indemnizacion?
-¿Quiere personarse a trabajar en la empresa el dia que le han comentado el cese de la actividad, por temor a que la despidan insinuando que no se persono, quien da fe publica de su presencia UN NOTARIO?
-¿Conoceis otra figura que de fe de su personacion al trabajo, testigo s, notario, etc?
Muchas gracias.
PD: se han puesto en contacto con la trabajadora por carta.
Si la empresa en la que prestaba sus servicios, es vendida a otra, el nuevo adquirente, está obligado a hacerse cargo de los trabajadores de la empresa anterior, respetando las condiciones tanto económicas como sociales que hubiesen pactado con la empresa cesionaria.
Indemnización, NO
Si teme alguna estrategía de la nueva empresa que acuda con testigos, y por supuesto si puede con Notario, mejor que mejor.
Saludos