Tiene razón purillo:
En la mayoría de CCAA tratándose de herencias de padres a hijos existen reducciones y bonificaciones bastante elevadas.
Además, efectivamente, el plazo de prescricpión es de 4 años y medio, contados dsde el fallecimiento.
De esto puede informarse en la web www.aherencias.es
Saludos cordiales.
A los cuatro años y seis meses, prescribe... pero lo que le dice Juan S... como se lo reclame Hacienda o la Administración correspondiente... informese porque dependiendo de la CCAA tiene reducciones muy elevadas y puede que estuvieran exentas de pago...
Lo único que es necesario es presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones, cuyo plazo es de 6 meses desde el fallecimiento. Así que ya estáis fuera de plazo, pero si os requiere Hacienda os saldrá más caro.
mi suegro hará este mes dos años que falleció y la casa en donde vivía (que por herencia y testamento corresponde a mi marido y su hermana) todavía no hemos hecho nada con ella.¿hay para esto un plazo?deberíamos hacer algo?no tenemos experiencia en estas cosas,por favor si alguien nos lo puede aclarar...GRACIAS