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¿Tiene antecedentes penales?

6 Comentarios
 
perfil Rus
19/01/2009 18:25
y para saberlo seguro, se pude solicitar el certificado, por si se olvidaron de cancelarlos y hay que solicitarlo.

http://esede.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326256568/Detalle.html
perfil Rus
19/01/2009 18:22
bueno, la sentencia pondrá "se condena a tal como autor responsable de una falta de ... o de un delito de ...". Con eso ya se sabe si fue delito y si los antencedentes están cancelados.
19/01/2009 18:04
Rus, la verdad es que no lo sé... tendremos que asegurarnos. De todas maneras, muchas gracias por tu ayuda.
perfil Rus
19/01/2009 17:36
pues otra vez, DEPENDE. Podría haber sido denunciado por realización arbitraria del propio derecho (delito que lleva aparejada pena de multa), o quizás también daños (falta si el importe es inferior a 400 euros, delito si es superior a esa cantidad, también con pena de multa)
19/01/2009 16:56
Creo que fue por una falta.

Él hizo un trabajo para un cliente, éste no le pagó y harto de reclamarle la deuda y no cobrarla fue a retirar lo que había hecho. Al cliente, después de retirar el trabajo se le inundó el local y lo denunció. No creo que se considere delito... creo que se condenaría como falta. Le pusieron una multa económica y la pagó.
perfil Rus
19/01/2009 16:40
depende.

Si fue condenado como autor de una falta, nunca ha tenido antecedentes penales.

Si fue condenado por delito, tendrá antecedentes hasta que se cancelen, y ese plazo dependerá del delito por el que haya sido condenado.

Si le pusieron una multa y el delito no tenia pena de prisión, probablemente se habrán cancelado pasados 6 meses desde que terminó de pagar la multa, pero para estar seguros habría que saber exactamente por qué delito se le condenó.

(arts. 136 y 137 CP. Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves.

3. Estos plazos se contarán desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena, pero si ello ocurriese mediante la remisión condicional, el plazo, una vez obtenida la remisión definitiva, se computará retrotrayéndolo al día siguiente a aquel en que hubiere quedado cumplida la pena si no se hubiere disfrutado de este beneficio.

En este caso, se tomará como fecha inicial para el cómputo de la duración de la pena, el día siguiente al del otorgamiento de la suspensión.)

¿tiene antecedentes penales?
19/01/2009 16:28
Buenas tardes,

Mi pareja tuvo hace tiempo un problema con un cliente. Este le denunció por lo penal y mi pareja fue condenado a pagar una multa que ya abonó en su día.

Lo que no sabemos es si esto cuenta como antecedentes penales. Si fuera así, cuándo prescribe??

Muchas gracias.