Buenos días a todos/as.
Me gustaría saber el tiempo máximo que debe tardar un tramite. DE RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN-UE, ¿Que hago en caso de superar los 90 días que esta escrito en el impreso de la solicitud modelo EX-11?.
Muchas gracias a TODOS/AS.
Si es la primera vez que lo solicitas, depende como lo hayas hecho. Si con cita previa o por registro público. Además en qué localidad lo has presentado.
Si lo has hecho por registro público tarda mucho más en cualquier caso. Si todavía estás en plazo de solicitud te recomiendo que lo presentes con cita previa ya que es más rápido.
Si, es la primera vez que la solicitó este tipo de trámite. En Málaga no se hace con cita previa este tipo de residencia.
Yo, si lo he hecho por registro pero del gobierno. Ya esta en fuera de plazo, ya llevo dos día fuera de plazo.
Me fue hoy a preguntar en el gobierno, y me dijo la señora que lleva información que debo esperar más que todavía están contestando a los expedientes de mayo que ellos tienen mucho trabajo.
Mes preguntas son:
¿Qué hago ahora? ¿Debo esperar? ¿Cuando tengo esta tarjeta ya no tengo derecho de solicitar la nacionalidad española? ¿Debo anular este trámite? De verdad estoy perdido.
La solicitud debe presentarse dentro de los 60 días anteriores a la caducidad de la tarjeta. Puede también presentarse dentro de los tres meses siguientes a la caducidad, pero con riesgo de ser sancionado (en la práctica, no suelen imponer sanción, pero existe la posibilidad).
El plazo máximo para resolver y notificar, es de 90 días, contados desde el día siguiente a la fecha en la que hubiera tenido entrada en el órgano competente para tramitarlas. Si transcurren 90 días y no se ha resuelto ni notificado, puede entender la solicitud estimada por silencio administrativo.
En el caso de que ocurra lo anterior (estimación por silencio administrativo), tiene la consideración de acto finalizador del procedimiento. Podrá hacer valer los efectos del silencio ante la propia Administración y frente a otras Administraciones y particulares.
Puede solicitar la expedición de un certificado de operación del silencio administrativo, para poder hacerse expedir la tarjeta de identidad de extranjero, el cual debe ser expedido en el plazo máximo de 15 días.
La Administración, sigue estando obligada a expedir resolución expresa, que solo podrá ser confirmatoria del silencio.
De lo que usted dice, no se entiende si ha presentado la solicitud oportunamente y ya han pasado más de tres meses sin haber sido resuelta y notificada (en cuyo caso, procedería el silencio administrativo positivo) o si lo que quiere decir es que presentó la solicitud habiendo vencido ya el plazo máximo para presentarla, estando la tarjeta caducada (tres meses siguientes a la caducidad): si es este último caso, su solicitud ni siquiera podrá ser admitida a trámite, ya que, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta, apartado 1, letra b, la presentación de una solicitud fuera del plazo legalmente establecido, es causal para inadmitirla a trámite.
Si la ha presentado oportunamente, la tarjeta caducada verá prorrogada su validez, hasta la resolución del procedimiento; la continuidad de su residencia legal en España, no se verá afectada. Si la ha presentado fuera de plazo, habrá caído en situación irregular y esto sí afectará a la continuidad de la legalidad de su residencia en España.
Para solicitar la nacionalidad española por residencia, debe haber cumplido, íntegramente, el tiempo de residencia legal exigido, según su nacionalidad o circunstancia en la que se encuentre y continuar siendo residente legal al momento de presentar la solicitud. La residencia debe ser LEGAL, CONTINUADA e INMEDIATAMENTE ANTERIOR A LA PETICIÓN. Además, se debe acreditar BUENA CONDUCTA CÍVICA y SUFICIENTE GRADO DE INTEGRACIÓN EN LA SOCIEDAD ESPAÑOLA.
hola buenas. quisiera saber que papeles necesito para renovar el permiso de residencia de larga duración autoriza a trabajar. lo tengo hace 5 años pero la verdad no se si necesito tantos papeles como entonces. muchas gracias.