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tiempo mili -autonomo

6 Comentarios
 
Tiempo mili -autonomo
02/06/2011 19:33
este mes cumplo 64 años y quisiera jubilarme,pero me gustaria saber si el tiempo que estuve haciendo la mili me computa dias en mi vida laboral,llevo 15 años de autonomo,pero en el año 1964 -69 era de regimen general y en aquella epoca fui a la mili.no aparece en mi vida laboral lo puedo pedir? gracias
02/06/2011 22:31
pues no, el tiempo del servicio militar solo les computa a los que tienen 61 años

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionanticipad28398/Beneficiariosrequis28404/index.htm
05/06/2011 22:38
Archilla entonces te pasas de 61 año y no te sirve,a mi en el informe de vida laboral jamas me a aparecido el tiempo que estuve en la mili, 15 meses ?????porque??????15 meses de mi vida que no constan en ningun sitio???
06/06/2011 01:55
"mermar", "archilla" se ha explicado mal... El tiempo de servicio militar se computará como tiempo cotizado hasta un máximo de 1 año SÓLO para la jubilación anticipada de los que no tengan la condición de mutualista (a partir de los 61 años de edad, además del cumplimiento de una serie de requisitos).
Dicho período de cotización se realiza en el Régimen General.

En tu caso, no es posible el cómputo por varias razones:
1º.- Los autónomos no pueden jubilarse anticipadamente (salvo, que hayan cotizado en otro régimen que contemple la jubilación anticipada, y respetándose un mínimo de tiempo cotizado en dicho régimen).
2º.- Aunque pudieran jubilarse anticipadamente (que no es así), no cumples los requisitos de período mínimo de cotización (se requieren 30 años cotizados mínimo).

Los militares de carrera, de complemento, reservistas voluntarios y Guardia Civil cotizan en ISFAS (mutualidad de las fuerzas armadas).
Desconozco el tema de cotización del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, pero si éstas no superan el mínimo que correspondiera a tenor de la época de realización, no se consideraba servicio efectivo al Estado, y por tanto, creo que no existía cotización alguna (ni ISFAS ni nada).
06/06/2011 13:36
HOla!

Tengo entendido que aparte de lo anteriormente indicado, solo aparecen o pueden reclamarse cotizaciones si hizo la mili "voluntario" tipo lo que hoy sería soldado profesional. La prestación obligatoria no computa.
06/06/2011 13:40
No es cierto, la norma al respecto es clara (art. 161bis LGSS)... servicio militar obligatorio o prestación social sustitutoria.

No había mili, propiamente, voluntaria (no existe voluntariedad si existía una obligatoriedad para hacerla). Si se es soldado profesional, se cotiza en el ISFAS y no hace falta reclamar cotizaciones ni nada.
06/06/2011 20:32
Shughart. Te comento, en estos momentos tengo cotizados 29 años y 3 meses,trabaje en 1967 en regimen general cumplo todos los requisitos a excepcion de los meses que me faltan para llegar a 30,por eso me intresa saber lo de la mili,cuando fui estaba
fijo 5 años ,y lo perdi todo por la mili