¿Existe un tiempo maximo para pagar una derrama? Me exigen 15600 euros antes del 30 de junio para pagar un ascensor sino me dicen que me embargaran mi bajo que es miunica fuente de ingresos(435 euros al mes).
Un saludo
Lo primero que deberá mirar es si el acuerdo fue tomado legalmente:
lea esto detenidamente
A.-) Instalación de ascensor nuevo donde no lo había ¿Cuántos votos son necesarios para poder instalar un ascensor en una finca que carezca de él?
La Ley en su art. 17 señala que el establecimiento del servicio de ascensor, tanto si supone como si no la modificación del titulo constitutivo o de los estatutos, requiere el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El acuerdo válidamente adoptado conforme a esta mayoría especial obliga a todos los propietarios.
Osea tres quintas partes
Otra cosa es que haya sido aprobado por solicitud de un minusvalido, que entonces cambia la cosa, y quedaria asi:
B.-) Instalación de ascensor nuevo donde no lo había con la finalidad de Suprimir barreras arquitectónicas.
Centrándonos nuevamente en el art. 17, si la instalación del ascensor viene a suprimir barreras arquitectónicas para facilitar la integración de las personas con minusvalías, cualquier obra o establecimiento de servicios comunes a este fin, incluso cuando modifiquen el título o los estatutos, requiere solamente el voto favorable de la mayoría de propietarios que representen la mayoría de las cuotas de participación. El acuerdo vinculará a todos. Si lo ponemos en relación al art. 10.2 podríamos extender esta conclusión a las personas mayores ( 70 años) con deficiencias de movilidad y otras personas discapacitadas, si bien puede ser objeto de interpretación el ceñirlo o no exclusivamente a las personas minusválidas.
Gracias por tu respuesta, pero no me has contestado mi duda, la instalacion es legal por votacion, mi problema es en cuanto tiempo puedo pagar los 15600 euros o tengo la obligacion de pagarlos antes del 30 de junio fwecha prevista por la comunidad.
Gracias
Vamos a ver, creo que si la he contestado, porq no quiero pensar que usted votara a favor, porq entonces acepta todo lo que alli se acordó y ahora no puede arrepentirse,
Ya que siendo un bajo, que casi no usará el ascensor para nada, amparandose en el art 11 de la LPH que no se puede aprobar una derrama superior a tres cuotas de comunidad, usted lo hiciera.
lea esto:
Debemos distinguir entre dos tipos de obras, si la obra NO es necesaria, la Ley dice: 1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características. 2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si la obra SI es necesaria la Ley dice: 3. Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedara obligada al pago de los gastos aun cuando su importe exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
Gracias pp.
Por supuesto que vote en contra del ascensor, no lo voy a usar nunca porque ni siquiera tengo llaves para acceder al portal.
Desde que se construyo el edificio en 1970 y segun los estatutos no pago ninguna cuota a la comunidad por los gastos del portal, en todos estos años solo he pagado una reparacion del tejado y unos canalones. Mi pregunta siguen siendo ¿tengo que pagar antes del 30 de junio los 15600 euros para que los vecinos tengan un ascensor y unas escaleras nuevas(tienen que cambiarlas para hacer el hueco)?.
Un saludo
pues entonces no, y debe de decirle al presidente que usted no está obligado a pagar por lo que le he escrito anteriormente, hagalo por escrito y que le quite de moroso o que convoque junta y explique el nuevo reparto , excluyendose a usted, si no lo quieren hacer pues pongase en contacto con un abogado.
hola buenas tardes quisiera hacer una consulta sobre una derrama que estoy pagando a plazos desde noviembre por falta de liquidez . hice una carta explicando el problema al administrador y aceptaron el documento lo sellaron y firmaron ahora hay una reunion y me ponen de moroso y que no tengo derecho al voto y claro yo estoy pagando a pesar de que nunca quise el ascensor pero he hablado con la administracion y me dice que si que llevo 6 meses pagando religiosamente pero dice que es cuestion de los vecinos que han querido ponerme como moroso por no haberlo echo efectivo.
mas que nada quisiera saber si esto es legal ya la cuota anualla pague como siempre en enero porque era un pago ya previsto pero a los otros 1250 tube que hacerlo asi muchas gracias por su atencion gracias
Lo que no me explico es porque el administrador no te dice la verdad. Como tienes una deuda no puedes votar. Si puedes ir a la junta y exponer tus ideas, y puede que las tengan en cuenta.
Lo primero es saber si esa derrama es sobre un trabajo ya hecho y como consecuencia hay que hacer un pago o, que están haciendo un ahorro para afrontar una obra o trabajos que hay que realizar en un futuro.
Sí es lo primero será usted moroso porque el pago no se puede realizar porque usted no paga, salvo que la comunidad sea solidaria con usted y adelanten su parte a esa empresa. En este caso si es moroso.
En el segundo caso, no lo es porque no existe deuda contraída de la comunidad con un tercero.
Otra situación es que usted no quiere participar en la derrama y cuando se tenga que efectuar el pago lo haga de forma directa y al contado sobre la cuenta de la comunidad y por tanto tampoco es moroso.
Las derramas generalmente son un plan de ahorros sobre un presupuesto aceptado o aproximado, y se va entregando una cantidad periódica hasta alcanzar la cantidad presupuestada. Pero no quiere decir que usted sea moroso al no hacer un pago o varios, a ese plan de ahorros porque no hay deuda alguna contraídas. Usted puede realizar ese pago cuando se lo exijan de forma total.
No, no es así, si un propietario debe una derrama, es moroso, con independencia del motivo por el que se haya aprobado la derrama.
Artículo 15.2 LPH.
Los propietarios que en el momento de iniciarse la junta no se encontrasen al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto.
hola buenas noches si realmente se trata de una obra ya acabada yo en su dia no estaba de acuerdo por el tipo de montacargas que se iba a poner porque de entrada era una anchura de 45 x55 solo serviria para subir paquetes o dos personas muy finillas y claro esto de no poder subir ni una silla de ruedas ni un coche de niños me parecio un poco cafre todo y con eso se ha tardado casi 4 años en decidirse entre unas cosas y otras con la dichosa pandemia entonces en principio yo pague esta derrama pero al cerrarme la empresa donde trabajaba tube que retirar el dinero de la derrama como no se hacia de momento y en noviembre del 2021 tube que pagar de esa manera hablar con administradora y hacer la planificacion de ir pagando cada mes 50 euros por haberme juvilado antes de tiempo la jubilacion me salio muy mermada y este montacargas no habia ni sitio para hacerlo y posiblemente lo precintara industria por no estar en condiciones pero eso ya se vera pero se le tubo que expropiar a la vecina de abajo un trozo de su casa para poder hacerlomuchas gracias
yo llevo seis meses que han durado las obras pagando 50 e cada mes mas los 300 de la cuota anual que tambien se ha pagado por eso fastidia que te quiten tu derecho al voto de acuerdo que faltan por pagar 875 e pero no se puede llegar a mas y mas cuando la administradora me acepto por escrito el pago de esa manera ese es el resumen muchas gracias
No entiendo que clase de administrador tienen en su comunidad.
Primero, usted no puede retirar su derrama sin consentimiento de la unanimidad de los propietarios, cosa que me imagino, o sucedió.
Segundo. El administrador no es nadie para aceptar condiciones de pago, es igualmente que la respuesta anterior, permiso de la omunidad y unanimidad.
Tercero. Moroso es todo aquel propietario que tiene una deuda pendiente con la comunidad, y usted la tiene, por lo tanto su estado con la comunidad es de morosidad
pues llevo 6 meses pagando la derrama aplazada y han habido desde entonces varias reuniones y es la primera vez que hacen esto no voy a entrar en si son mas buenos o mas malos pero has ahora se ha echo asi y desde el dia cuatro de noviembre de 2021hasta hoy tengo la carta firmada y registrada de la administradora aceptando el pago fraccionado
de una fprma u otra se lo he dado al seguro del piso que tengo asesoria juridica y no es esa su opinion pero muchas gracias de todas maneras saludos jalisco
Ocro indica:
"hice una carta explicando el problema al administrador y aceptaron el documento lo sellaron"
La comunidad no ha aceptado nada, por lo cual si es moroso.
No se si al seguro le ha facilitado lo mismo que el párrafo que he copiado, si es idéntido, el servicio jurídico del seguro, se ha lucido bien.
Si usted cree que lleva la razón, impugne el acta por no dejarle votar por moroso
hola buenas noches de nuevo el seguro bueno el abogado que se puso en contacto conmigo le hice llegar la carta y a primera vista me dijo que es perfectamente valida y deberia poder votar pues es la representante de la comunidad quien la ha firmado de todas maneras me dijo que lo estudiaria a fondo y me diria algo el lunes asi esta la situacion gracias de nuevo saludos