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Tiempo de revisión del alta impugnada

1 Comentarios
 
Tiempo de revisión del alta impugnada
14/05/2016 10:40
Hola familia.

Mi situación es la siguiente, tuve un accidente laboral el 2 de diciembre de 2015 y estuve de baja por ese motivo en la MUTUA, la misma me da el alta el 11 de abril pero con el tobillo hinchado, dolores y poca movilidad al andar, pues impugné el alta, el 9 de mayo recibo una carta del INSS aprobando el alta de la MUTUA, imagino que basándose en los informes que la misma les hizo llegar, ya que en ningún momento me ha visto un médico. Mis dudas son las siguientes:

-Yo entiendo que el mes de abril se me pagaría así...desde el 1 al 11 de abril , imagino que la MUTUA es quién abona ese tiempo de incapacidad...pero...el tiempo de revisión
¿No es considerada incapacidad temporal? ...pienso que la misma al impugnar el alta es como una pequeña prórroga de la baja, corríjanme si me equivoco.

¿Se abona? y si es así ¿quién debe abonar ese tiempo de revisión?...

Necesito una pronta respuesta, estoy muy preocupado por todo esto.
De antemano, gracias a todo@s.
Saludos.
14/05/2016 10:48
El caso que yo pregunto es prácticamente el mismo. En este caso, ( al que me refiero como tierra de nadie) no abonó nadie. Se descontaron de la nómina.
A ver que te responden en el foro. Estaré atenta.