¿Cuando empiezan a contar los 20 días de oposición, allanamiento o simplemente de no recoger un papel para recoger el monitorio? Es decir, si vas al Juzgado, entiendo que cuenta a partir del día siguiente, al igual que al allanamiento, pero si por casualidad, que es lo que me está sucediendo a mi, no consiguen dar conmigo en mi domicilio, y el horario de recogida es absolutamente incompatible con mi trabajo -y no está el tema para pedir permisos, trabajando a 50 kms de mi casa- ¿cuándo empiezan a contar ésos 20 días? ¿cuánto tardarían, en el caso que así fuera, de descontar la cantidad de embargo (cobro 1180 por lo que no sé cuánto descontarían)? ¿Por qué no lo mandan certificado, que en Correos tienen un horario más amplio y abren incluso sábados? Y por último ¿cuantos avisos mandan? La verdad es que son unos chapuzas, porque los dos avisos que me han mandado, estaban prácticamente fuera del buzón enganchados en publicidad y a punto de caerse al suelo: pensé que era una fotocopia de algún restaurante chino, no les digo más... Les agradecería una respuesta rápida y muchas gracias.
Como te he dicho da lo mismo que tu trabajo no te permita acudir al juzgado, es que en teoría no estás notificado, entonces como vas a ir al juzgado, los veinte dias empiezan a contar al siguiente de entregarte la demanda, pero si no sabes que la tienes que recoger ¿como vas a ir? al juzgado no le des ninguna explicación de si por tu trabajo puedes o no puedes ir, simplemente hazte el loco como que en tu buzón no encontraste nada, que se rompan ellos la cabeza a ver como te lo entregan, en mi caso como nunca estamos en casa y envian las citaciones por correo ordinario, ha llegado a pasar tres meses desde la primera citación hasta que al final me lo han entregado a través del juzgado que corresponde a mi domicilio laboral.