Trabajo en la industria química y la empresa me ha notificado una falta muy grave por mi parte debido a una presunta falta de respeto a mi superior.
La notificación de la falta muy grave me la notificaron a los 70 días de los actos. Tengo entendido que según el art.60 ET, la comunicación de las faltas muy graves debe de realizarse a los 60 días naturales, si no, prescribirían. ¿Esto es así? Por otro lado, en el articulado utiliza una coletilla que dice" los 60 días comenzaran a contar desde que la empresa tenga conocimiento de la misma". ¿Esta coletilla como se hace efectiva en la práctica? o se presupone que al ser un jefe la empresa ¿Se da por conocedora desde el mismo momento de la acción de los hechos?
Superior jerarquico, o gerente de la empresa o dueño de la empresa???
No obstate lo dice claro el art 60 , muy graves, a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.
Es el superior jerárquico.
La duda es si al ser un jefe, se puede considerar la empresa informada desde el mismo día de los actos o desde que mi jefe informo a RRHH de la empresa.