Hola tengo una vecina que ha sido operada de cervicales y hernia discal, ha estado 24 meses de baja y ya le han dado de alta sin encontrarse bien (segun ella) quiere un puesto blando Que no hay en la empresa y claro con 47 años No se va a jubilar dice ella ..."es funcionaria" Me gustaria donde puedo buscar lo referente sobre tiempo de bajas maximas por enfermedad si se puede volver a dar de baja por lo mismo óh se puede dar de baja por otra causa Gracias un saludo
Agotamiento de la incapacidad temporal por transcurso del período máximo y prórroga de los efectos de la misma
Sin entrar en ese complejo debate debo decirte que hasta el año 2002 el Tribunal Supremo venía manteniendo la doctrina de que cada proceso de I.T. por una misma enfermedad o distinta pero vinculada a aquella que originó la primera I.T. cuando se da un alta y tras esta sobreviene una nueva I.T. sin que hayan trnacurrido seis meses debe considerarse recaida
Sin embargo, a partir del año 2.002 y en sucesivas sentencias ( 25.02.2002; 25.07.2002 y 22.10.2002) ha variado algunos criterios y ha venido a establecer que la extinción del periodo de I.T. por el transcurso del máximo.
Dicho tribunal dice, que es suficiente para estos supuestos que el beneficiario cumpla el requisito de haber cotizado al menos seis meses dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores para tener derecho al percibo de la correspondiente prestación.
El art. 9.1 de la orden 13 de octubre del 67, bien e a decir, que serà necesario trabajar y cotizar durante seis meses para tener derecho a una nueva Incapacidad Temporal por la misma patología
que existe jurispudencia del TS en sentencia del 20/2/02 en que se excluye el art. 9.1 de la orden 13 de Octubre de 1.967...
NOTA: debe tenerse en cuenta la nueva redacción de los artículos 128.1.a) y 131.bis de la Ley General de la Seguridad Social, dada por la disposición adicional 48ª de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006, por el artículo 1 de la Ley 40/2007, de 4-12, de medidas en materia de Seguridad Social y por la disposición final tercera.4 y 5 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
1. Cuando se extinga la situación de la incapacidad temporal, por el transcurso de los dieciocho meses, la Inspección de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social u órgano similar del correspondiente Servicio de Salud formulará el correspondiente alta por curación o el alta por agotamiento del período máximo de incapacidad temporal.
En caso de que se formule alta por agotamiento, este extremo deberá justificarse en virtud de las secuelas o reducciones anatómicas o funcionales graves del trabajador, de las cuales se deduzca razonablemente la posible situación constitutiva de una incapacidad permanente, o por la necesidad de que el trabajador continúe con el tratamiento médico prescrito.
2. La prórroga de los efectos de la incapacidad temporal, en los supuestos a que se refiere el artículo 131 bis, apartado dos, segundo párrafo, de la Ley General de la Seguridad Social, requerirá necesariamente el oportuno dictamen de los servicios médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que expresamente se señale la conveniencia de no proceder a la inmediata calificación de la invalidez permanente, atendida la situación clínica del interesado y la necesidad de continuar con el tratamiento médico prescrito.
En definitiva, lo que preguntas esta en el art 9.1 de la orden 13 de obture del 67. No obstante la jurisprudencia del tribunal superior, nos dice, Que excluye el art. 9.1 de la orden 13 de Octubre de 1.967...
Por tanto, una vez se reincorpore al trabajo, si no puede continuar, que visite al medico y le vuelva a dar una nueva baja.
Gracias A mi personamente o me afecta pero queria que se me aclarara pues respecto a las bajas hay personas que abusan , en algunos casos no descuentan nada aunque le parezca extraño (Funcionarios )pero hay otros casos que requiern bajas largas que con el tiempo pueden trabajar pero necesitan tiempo y No jubilarse con poco sueldo y es por lo que hacia la pregunta un saludo
hola mi compañera tiene un puesto de trabajo fijo.
devido a una colitis linfocitica la tubieron que ingresar en el hospital,estubo 16 meses de baja .
la empresa dice que no tiene puestos compatibles.
ella no puede rendir como antes y le propenen despido lo pueden hacer,que pasos debemos segir
gracias