Buenas tardes señores, tomando en cuenta que tanto yo como mi esposa tenemos actualmente prórroga de estancia por estudios hasta el 23/12/2021 y tenemos una menor nacida en España en este proceso.
Tengo una duda respecto a la TIE de la menor; al faltar menos de seis meses y la menor haber nacido aquí no tiene visado, debo hacer el procedimiento para su NIE pagando la tasa para la TIE o no? en caso de que si, qué tasa debo pagar; El Modelo 790 Código 52 o el modelo 790 Código 12.
hola Z! tengo la misma situacion, prorroga de estudios, esposo ruso y yo hondureña y recien obtuvimos el pasaporte de mi niño nacido aqui en españa. mi prorroga vence en el 10 de enero 2022 y la de mi pareja el 15 de enero 2022. no tengo idea de cual codigo corresponde que usemos en lo que renovamos nuestras TIEs porque la estancia de nuestro bebe es menor de 6 meses aunque tenemos en planes estudiar otro año más aquí. Si pueden responder esta pregunta estaría super agradecida!
Corresponde el modelo 790, código 052. Pero como la menor aún no tiene NIE, puede presentar los documentos que tiene y esperar el requerimiento para el pago de la tasa, que normalmente ya viene con el NIE. Paga y aporta el comprobante de pago junto con el documento de requerimiento.
Por la fecha de caducidad de su autorización, la menor no tendrá derecho a solicitar la tarjeta de identidad de extranjero, porque al estar vinculada su autorización a la de sus progenitores y faltar menos de 6 meses para su caducidad, es suficiente con la resolución. Si renuevan por otro año completo, entonces sí, la menor tendrá derecho a solicitar una tarjeta de identidad de extranjero como sus padres.
Primero ha de solicitar a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia la autorización de estancia como familiar de estudiante para su hijo. Para este procedimiento ha de utilizar el impreso oficial EX-00 y para el pago de la tasa ha de utilizar el modelo 790, código 052. Pero ha de esperar a que le sea requerido para pagar, pues el menor aún no tiene asignado NIE, que es necesario para cumplimentar el modelo 790, código 052. En el documento de requerimiento ya vendrá asignado el NIE para pagar.
Pero si el tiempo que queda para que caduque la autorización es inferior a 6 meses, no podrá expedírsele la tarjeta de identidad de extranjero. Debe esperar a renovar su autorización y la del bebé como familiar dependiente suyo y si la renovación es por más de 6 meses, entonces sí podrá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero.