Ante todo muchas gracias por su contestación DP.
No soy tan comodón como para pedir que instalen una máquina expendedora de certificados en el Consulado y que dicha máquina expida un formulario de demanda de divorcio listo para ser rellenado y entregado. Pero si creo que me deberían posibilitar el acceso a la justicia desde el consulado aunque sea complicado el procedimiento.
Llevo siete meses sin ver a mis hijos e investigando la manera de que tanto a mis hijos como a mí se nos garantizen nuestros derechos. Con la entrada en vigor de la nueva Ley del Divorcio, también pretendo acceder al mismo. He cumplido con mis obligaciones económicas por adelantado y a tocateja hasta Sep-2007, pero no puedo cumplir con mi derecho-obligación a ejercer una paternidad responsable que no sólo se reduce a temas puramente crematísticos.
La última contestación, aunque no la única en este sentido, por parte de un abogado español, al cual agradezco su deferencia, ha sido tajante:
Ni la legislación española ni los tribunales permiten
acceder a la justicia ni por vía consular, ni por poder otorgado a otra persona. De lo que se infiere que la tercera vía sería el apersonamiento en España. En estos momentos es imposible para mí dada mi esclava actividad laboral, pequeño empresario-trabajador agrícola/ganadero y mis escasos recursos económicos y más escasos ingresos.
La cuarta vía es esperar a que mis hijos lluevan del cielo dentro de 10 años, mayoría de edad, bastante ajenos a mí y muy probablemente afectados de SAP (Síndrome de Alienación Parental).
Por luchar que no quede.
Saludos desde la bella Amazonía Peruana.
Todo español de origen o por nacionalización tiene los mismos derechos resida en España o fuera de ella.
La Constitución establece que ningún español de origen puede ser privado de su nacionalidad.
Por consiguiente, los derechos fundamentales que vd tenía cuando residía en España los sigue teniendo fuera de ella.
Cosa distinta son determinados derechos de regulación ordinaria y para cuyo disfrute se deben cumplir los requisitos que marque la ley (prestación por desempleo, ayudas familiares, etc.). Dichas exigencias las deben cumplir todos, no sólo los emigrantes.
Determinados comentarios suyos son compartibles o no, pero no tienen base legal. Yo también creo que los ciudadanos muchas veces somos meros números, pero emigrantes y residentes, andaluces y catalanes, pobres y menos pobres, etc. Pero también creo que hemos llegado a un nivel de exigencia con el estado que nos creemos que nos lo debe de suministrar todo sin poner nada de nuestra parte.
Por otra parte, no creo que vd. no tenga acceso a la justicia o que no pueda interponer una demanda de divorcio, etc. Lo que pasará es que la tramitación del proceso será más dificultosa, teniendo cierta ventaja (fáctica, no jurídica) la parte que resida en España que la que esté en la selva.
En resumen, es un ciudadano más, con sus particularidades, pero como el resto de los treinta y muchos millones de españoles-as.
Desearía que alguno de los amables contertuli@s de este foro me explicará un poquito sobre los derechos que me asisten en mi condición actual, pero no nueva, de emigrante.
¿Ser español de orígen y emigrante significa perder los derechos constitucionales como español?
¿Quedan mis derechos reducidos a efectuar los correspondientes trámites de renovación de DNI, PASAPORTE, certificaciones o poderes notariales, etc y a recibir media tonelada de propaganda electoral cada vez que hay elecciones para poder ejercer mi derecho al voto?
¿Está penalizado en alguna forma o manera, ser emigrante español en el 2005 por la legislación española?
¿Somos los ciudadanos españoles residentes en el extranjero meros números en el INE? esto si eres capaz de encontrar las estadísticas, los caminos de Internet son inescrutables.
Enhorabuena, si tus respuestas han sido negativas tienes ganado medio cielo y con tu probada sapiencia seguro que podrás contestar a estas otras:
¿porqué no puedo interponer demanda de divorcio desde el extranjero?
¿porqué no puedo solicitar la custodia compartida o una modificación en el régimen de visitas de mis hijos?
¿porqué no puedo solicitar nada, incluido el acceso a la justicia desde el extranjero?
¿Sómos los ciudadanos españoles en el extranjero realmente españoles y ciudadanos?
Con la luz de una vela puedo sobrevivir como lo hago en plena selva amazónica pero la madre patria en algo debería ayudar por muy madrastra que haya sido siempre con sus hijos.