Si como dice momo el terreno es urbano, y lo que no tiene es el ambito vial de servicio aperturado y urbanizado, estamos ante lo que se llamaba anteriormente una actruacion asistematica, hoy en dia la solución desde luego existe urbanisticamente pero dependera de cada Comunidad Autonoma, si nos dices de que C.A. alomejor te podemos ayudar más.
Si es terreno urbanizable ya programado, como dice almendros, puede que te interese esperar a que se realice el proyecto de urbanización y reparcelación que tendrá tu parcela después del Plan Parcial. Si ves que aún va a tardar mucho o necesitas entrar en la finca, ésta ha de tener un derecho de paso a través de alguna de las colindantes que es por donde se ha dado acceso a lo largo del tiempo, mejor que continues entrando por ahí y demanda por via civil al que te lo impida.
A veces se dice que la finca no tiene acceso por que está rodeada, pero en realidad si lo tiene aunque este pueda ser muy malo o incluso casi inaccesible, p.ej. un barranco, etc.
Por vía civil, se podría solicitar una servidumbre de paso, la cual sería constituida por el punto menos perjudicial para la finca del vecino, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 564 del C.C.
Un saludo. Juan Castaño Picó-Abogado- EMAIL:juancastanyopico@yahoo.es
si es urbanizable es logico que no tenga acceso viario,puesto qyue no posee urbanizacion,asi que habra que urbanizarlo despues del plan parcial
si hay un error en la pregunta y es urbano y no tiene acceso, el planeamineto lo ha clasificado erroneamente puesto que es un requisito imprescindible para ello.(por otro lado, que es arreglar un acceso que no existe?)
Hola a tod@s.
Si un terreno urbanizable no tiene acceso, y el ayuntamiento, despues de haber solicitado que lo arreglaran, no hace nada. ¿qué opciones tengo? ¿presentar una reclamacion en el propio ayuntamiento y esperar? y en el caso de que no contestaran a esta reclamacion, ¿el paso siguiente seria la demanda? Gracias.