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terreno rustico

4 Comentarios
 
18/03/2013 21:08
Estimada Blanca:

Los recibos a los que se refiere, no acreditan en ningún caso, que esta persona sea o haya sido propietario de dicha finca y mucho menos, teniendo en cuenta que dichos documentos se refieren en todo caso, a un arrendamiento.-

Con respecto al testamento ocurre lo mismo, pues éste documento, tampoco acredita por sí mismo, la propiedad de un bien. Un testamento, es un documento con determinadas formalidades legales en virtud del cual, una persona dispone de sus bienes tras su fallecimiento. Tenga en cuenta además, que en cualquier caso, para poder ser considerado como propietario de unos bienes concretos procedentes de una herencia, antes hay que aceptarla en legal forma y esto, no se ha llegado a realizar. Por tanto, con los referidos documentos y en mi opinión, considero que resulta muy dificil que esta persona pueda tener exito en su reclamacion.-

Un saludo
18/03/2013 15:06
Buenas tardes alberto j. martin, si con respecto a lo que me dice de la inscripcion del terreno es como usted me comenta lo del art. 205 de la ley hipotecaria. la documentacion que posee ese señor son los recibos del año 1935 de un alquiler de una tia abuela suya y luego un documento de un folio de un testamento no legalizado de una tia de su madre del año 1935, solomente posee eso, no le dara la razon el juez no???que puedo hacer??? muchas gracias por su repuesta, espero tener noticias suyas un saludo
08/03/2013 15:13
Buenas tardes alberto j. martin, si con respecto a lo que me dice de la inscripcion del terreno es como usted me comenta lo del art. 205 de la ley hipotecaria. la documentacion que posee ese señor son los recibos del año 1935 de un alquiler de una tia abuela suya y luego un documento de un folio de un testamento no legalizado de una tia de su madre del año 1935, solomente posee eso, no le dara la razon el juez no???que puedo hacer??? muchas gracias por su repuesta, espero tener noticias suyas un saludo
07/03/2013 19:15
Buenas tardes:

Imagino que Ud. ha inscrito por primera vez en el registro de la propiedad esa finca al amparo de lo dispuesto por el arte. 205 de la ley hipotecaria. En ese caso, las inscripciones sólo tienen efectos frente a terceros transcurridos dos años desde la inscripción. Por tanto, y a resultas de ver que documentación posee esta otra persona que justifique su derecho, Ud. está protegido por la fe pública registral. Debe tener en cuenta que, los recibos de contribución, no son por sí mismos suficientes para acreditar la propiedad de un bien inmueble. Por tanto, en defecto de otra documentación puede ser complicado que el juez le de a este señor la razón.

Un saludo.

Alberto J. Martín
amvabogados@hotmail.con
Terreno rustico
07/03/2013 10:19
buenas, hace tres años fui al ayuntamiento y hacienda a informarme de quien era el terreno rustico que habia abandonado, me dijero que de nadie, y mediante notario hice las escrituras a mi nombre, salieron publicadas y pasaran dos años y me dijo el notario que ya podia utilizarla porque no tenia dueño. ahora me han demandado porque dice un señor que ese terreno es suyo, no tiene papeles que lo demuestres solo recibos de contribucion del año 1935, mi pregunta es me pueden quitar el terreno rustico????que me puede suceder?????necesito ayuda y que me aconsejen lo que deberia hacer, espero tener alguna respuesta muchas gracias.