Buenas tardes compañeros. Mis padres me han donado un terreno rustico de 70 hectareas con cortijo. Solo me han transmitido la nuda propiedad. El usufructo vitaliceo se lo han quedado resercado. Al calcular la ganancia patrimonial salen unos 36.000 euros a tributar al IRPF. Mi pregunta es si a estos 36.000 euros se le pueden aplicar los coeficientes reductores por abatimiento ya que la adquisición fue en el 1987.mi duda es que al haberse cobrado PAC y haberse explotado económicamente se pueden aplicar teniendo en cuenta que solo se dona la nuda propiedad. Saludos.