Hola a todos, mi consulta es la siguiente, ¿Es posible construir una casa nueva en un terreno rústico en el lugar dónde había una casa antigua que ha sido derribada y solo han dejado la fachada? Es decir, han tirado la casa de la fachada para atrás y desde ahí se está construyendo la vivienda nueva, incluso añadiéndole más metros. Es en la Comunidad Valenciana y el terreno no tiene 10.000 metros.
Gracias por tu respuesta alga. Desde hace un tiempo tengo como proyecto irme a vivir a alguna zona rústica, tras consultar a los técnicos municipales de urbanismo, su respuesta siempre fue que podría rehabilitar una vivienda, pero nunca derribarla y construir una nueva. O eso, o adquirir un terreno de, al menos, 10.000m para construir una vivienda con una serie de restricciones. Por eso me ha llamado la atención la situación sobre la que pregunto, y dado que mis conocimientos sobre derecho y urbanismo son nulos, aprovecho para consultarlos. Si la medida de derribar una vivienda a excepción de la fachada es legal, me podria facilitar las cosas.
Creo que no me has entendido, desde el desconocimiento de la normativa urbanística de aplicación al supuesto planteado, digo que la ejecución es perfectamente legal en tanto sea conforme a proyecto y licencia concedida. Ese desconocimiento no me autoriza a manifestarme de otra forma.
Del mismo modo opinaría en el caso de que presentaras un proyecto para construir tu vivienda, el ayuntamiento le concediera licencia y no te apartaras de sus condiciones para realizarla. Intento que se entienda que lo que pueda o no nacerse en esa clase de suelo, dependerá de las condiciones que imponga la normativa del PGOU para uno y otro supuesto.
Si no has comprado y para evitar sorpresas desagradables, sugiero que antes de adquirir ningún compromiso en ese sentido, solicites la cédula urbanística o en su caso un informe urbanístico en el ayuntamiento aportando la referencia catastral del terreno que te interese .