Desde mi punto de vista si que te pueden multar, ya que con independencia de que tenga cimentación, estás realizando una obra que necesita licencia. Yo te sigo aconsejando la colocación de algo que tenga ruedas, aunque tan sólo tenga ejes y después le quites las ruedas.
Un saludo.
Es verdad! sique se podria edificar si tuviera los metros pero solo tengo 2.400m2, incluso solicite permiso para instalar un porche, y me lo denegaron ya que la ley esta para obras menores 5.000 m2 y obras mayores 10.000 m2. pero mi duda es si dejando en el suelo un modulo de este tipo ( oficinas portatiles de promotoras ) sin base do hormigon ni cimemtacion ni nada por el estilo, si el ayunt. me puede multar, hacer quitar...etc, es en fin de caseta o trastero o uso privado. MUCHAS GRACIAS POR LOS CONSEJOS, UN SALUDO
Nada tiene que ver que no tengas los metros para edificar con que el terreno sea no urbanizable. Lo cual es de inmportancia. Si no tienes la parcela mínima en suelo urbano, no va a poder edificar, lo que no modifica la clasificación de tú parcela. Contestando a la cuestión que suscitas, la colocación de módulos móviles se consideraría una infracción urbanística (que no penal, a priori), con lo que te los pueden mandar quitar y sancionarte. Lo que si sería admisible es que tuviesen ruedas. De este modo, se podría mantener que el uso es meramente de aparcamiento y sería mucho más fácil de defender.
Soy abogado urbanista y trabajo en agosto, si necesitas asesoramiento mándame un mail sin compromiso:
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Mi consulta es que dispongo de un terreno no urbanizable ya que no tengo los metros requeridos por la ley, yo queria saber si me sancionaran si pongo un par de modulos portatiles ( estos que son como oficinas portatiles de las promotoras de obras) a fin de caseta o trastero. si alguien me puede alludar lo agradezco mucho. Un saludo