He leido que la terraza puede ser de uso privativo (elemento comun) o privativa de uso exclusivo. En mi contrato no pone nda y en las escriturashace referencia a los metros que tengo de casa y terraza. Si es de uso exclusivo y se me moja, la reparacion la pago yo, supongo, pero entonces tambien puedo cerrarla mediante cristal? o comun o exclusivo, en ambas ni una cosa ni la otra?. Gracias