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Terrazas privadas o comunitarias?

6 Comentarios
 
Terrazas privadas o comunitarias?
11/02/2009 16:42
Hola a todos:

Vivo debajo de la terraza de un ático y quisiera que me confirmasen la propiedad, me explico.

He ido al Registro de Propiedad y no constan las terrazas.

En la Escritura de Obra Nueva no hay ninguna referencia.

Pero en los estatutos comunitarios (que son privados, sin registrar) sí que aparece en el artículo seis y cito textualmente:
"Las terrazas del ático son de propiedad exclusiva del mismo. Pero el terrado, o terraza superior, es de propiedad común pero su uso quedará delimitado en la forma que, por mayoría determinen los condueños."

El ático dispone de dos terrazas (parte frontal y trasera del edificio, solo se accede a ellas desde su vivienda, una la tienen desde su salón, y la otra desde su habitación, no existe manera de acceder de ninguna otra manera. Encima de este atico se encuentran los trasteros y encima el tejado (supongo que es a lo que llaman terrado).

¿No es claro que la propiedad es del ático? porque los propietarios nunca me dan documentos y se hartan de decir que es comunitaria, gracias a eso se le han reformado las terrazas y, hoy en día una terraza es su salón ampliado (cubriendo toda la terraza, que ya no existe con ventanales y aluminio), y de la otra terraza queda poco más de la mitad, pues han aumentado una habitación que era el acceso (esta obra ya con ladrillos y ventanales).

Saludos.
12/02/2009 20:23
Escritura de Obra Nueva y División Horizontal y caso de no hacer referencia al carácter del mismo, por defecto debe considerarse elemento común.
Puede ser comun de uso privativo, en este caso dicha configuracion ha de venir claramente asignada en el título constitutivo,o , posteriormente, mediante decision unanime de la comunidad.
La ultilizacion exclusiva de este elemento conlleva la obligacion de conservar,mantener y reparar las deficiencias que sean producto del uso y disfrute ordinario propio de cosa ajena,dejando para la comunidad todas aquellas reparaciones extraordinarias que vayan mas alla del derecho del usuario.
Sobre el cerramiento que ha efectuado, si lo ha hecho relativamente hace poco tiempo, debeis actuar con rapidez, pues sino se entiende que habeis autorizado ( la comunidad) dichas obras.
Aunque el propietario disponga de las licencias municipales para las obras estan no tienen validez si la comunidad desestima el cerramiento.
La documentacion de Escritura de Obra Nueva y División Horizontal la puedes conseguir en el registro de la propiedad, Unos 8€, debes aportar la escritura de tu vivienda ( propietario) y DNI, lleva esta documentacion para que vean que vives alli, sino no te la daran.
Espero haberte ayudado un poco.
13/02/2009 12:53
Hola anyme, muchas gracias por aportar algo de luz al caso, encomillo tu frase:
""""La utilizacion exclusiva de este elemento conlleva la obligacion de conservar,mantener y reparar las deficiencias que sean producto del uso y disfrute ordinario propio de cosa ajena,dejando para la comunidad todas aquellas reparaciones extraordinarias que vayan mas alla del derecho del usuario.""""

Esto está muy bien, pero a la hora de la práctica ¿que se puede considerar bajo su responsabilidad?, porque el mantenimiento hecho por ellos me consta que es cero. Me parece muy cómodo, que no se hagan cargo de nada. Cambio de tuberías, desatasco, aislamiento del piso, pintado.....Todo a cargo comunitario.
13/02/2009 20:39
Lo que vale es lo que está recogido en la escritura de División Horizontal. Esos Estatutos posteriores, si no están registrados en el Registro de la Propiedad no tiene valor para terceros propietarios, aunque si para los propietarios en la fecha de la Junta, si ese acuerdo no fue impugnado.
Por supuesto que la Comunidad no debió consentir la ampliación en las terrazas. Incluso ahora sería posible iniciar acciones civiles aunque no urbanísticas si llevan mas de 4 años de hechas.
Cuando se es propietario, hay que actuar en el momento oportuno. Si se deja pasar el tiempo se pierden los derechos.
perfil aru
16/10/2009 13:11
Hola a todos. Soy nuevo. Queria preguntar a qué estan obligados los propietarios de áticos con terrazas pertenecientes a la vivienda ( por escritura) y de cara a cerrarlas con estructura de aluminio y poner suelo cerámico sobre el ya existente. gracias a todos
20/12/2009 10:30
Hola a todos .Necesito ayuda .Tengo dos terrazas en uso y disfrute y en las ultimas lluvias de setiembre se inundó la vivienda del piso inferior.Mi seguro no se hace cargo y el de la finca tampoco .El vecino me denuncia y dice que las hojas de mis macetas tuvieron la culpa.Eso no es verdad ,si no que el agua entro por los respiraderos.Me amenazan con que quite todas las macetas sin dejar una y eso me deja muy apenada porque siempre he cuidado de las terrazas y las pinto y las aislo con mi dinero.Me dicen que si se vuelve a producir me cerrarian el acceso y como no tengo conocimientos legales estoy asustada.
29/12/2009 23:41
HOLA A TODOS: somos tres vecinos,elvecino de arriba tiene dos terrazas comunitarias, pero de uso privativo ( segun el) digo esto porque aun tengo que ir a la camara de la propiedad para comprobarlo. EL caso es que hace tres años se fueron de vacaciones dejando conectado el riego automatico de unas macetas que tenia en una de las terrazas que esta justo encima de mi comedor,fayo el sistema de riego y el otro vecino y yo sufrimos una pequeña inundacion, TOTAL que entre los tres impermeabilicemos dicha terraza, pero cuando llueve fuerte me sigue entrando humedad a mi comedor de dicha terraza, le he hecho saber que llevo 40 años viviendo en esa vivienda y jamas he tenido problemas de humedades HASTA el problema que ocasiono el con el sistema de riego, total que dice que lo tenemos que arreglar entre los tres otra vez, tengo intencion de denunciarle, pero si me dais otra opcion os lo agradeceria. UN SALUDO.