El punto del orden del dia pone lo siguiente:
"Denuncia de los contratos de arrendamiento de terrazas por incumplimiento de clausulas contractuales: Cajeros de banco, subarriendos en condiciones que multiplican 3 y 4 veces el precio/m2 que la comunidad ha arrendado. Asimismo de la colocacion de carteles publicitarios en zonas del conjunto residencial, sin autorizacion de la comunidad. Denuncia para desmontar los de cese de negocios convertidos en chatarra y con peligro de caida en zona de transito. Por ocupacion de zonas comunes con mesas y sillas. ¿Si o no?".
Todo esto es lo que se pone en el punto del orden del dia y que incumplen el contrato. Aparte por lo que hemos podido observar del dicho contrato, parece que tiene irregularidades en las formas en que se creo. lo que buscamos es que pagen por lo que esta valorado el metro cuadrado que ronda los 8 euros y solo estan pagando 2 euros por la mala gestion que se hizo en su momento. Muchas gracias por vuestra ayuda.
Hola, se me ocurre un punto de presion. El fumar
creo que como comunidad de vecinos puden prohibir fumar en las zonas publicas aun sean al aire libre... no estoy seguro de esto ya que he visto opiniones contrarias...
Bueno, pues ayer fue la reunion general y el punto del orden del dia referente a las terrazas os explico como fue. El tema esta en que al parecer y segun explica uno de los presidentes que entiende bastante de leyes, es que el contrato es ilegal por varios motivos, con lo que se pidio que se denunciara via judicial. Los locales venian con votos de propietarios ingenuos que con su buena fe, se los darian. El resultado de la votacion 34 a favor 31 en contra, con lo que teoricamente se llevaria a juicio. El tema esta en que el administrador dijo que hacia falta el doble de votos positivos para salir la votacion favorable. Con lo que la votacion quedo nula. Ahora mi pregunta para pasacero. Segun dices "Los no asistentes computan como votos favorables al acuerdo, si no manifiestan su discrepancia por escrito dentro del mes. Para mostrar o no discrepancia tienen que poseer copia del acta, si no se les ha enviado hay fraude de ley." con lo que el resultado de votos positivos serian muy superior y se podria llevar adelante. Por favor, ayudame ya que se esta cometiendo una injusticia muy grande con todas las irregularidades que tiene mi comunidad. Muchisimas gracias de antemano
Otro detalle Ud. Dice que todo esto ocurrió en el 2004. Por lo tanto en este tiempo nadie ha movido un dedo. Parece que hay consentimiento tácito. Ha vencido los plazos para la impugnación. De todas formas si Ud. Se ve que ese acuerdo va en contra de sus intereses puede denunciarlo no impugnarlo. Necesitaría abogado y procurador.
Espero haberle ayudado.
El administrador tiene obligación de entregar copia del acta dentro de los 10 días siguientes a la reunión.
Ud. debe poseer ya el acta de la reunión en cuestión, si no es así reclámesela.
Verifique que son los 3/5. Son 126 propietarios, suponiendo que los locales sean también propietarios. Necesitan 75 votos a favor. Los no asistentes computan como votos favorables al acuerdo, si no manifiestan su discrepancia por escrito dentro del mes. Para mostrar o no discrepancia tienen que poseer copia del acta, si no se les ha enviado hay fraude de ley.
Transcurrido el mes se computa, y debe haber doble mayoría, votos a favor 75 y la suma de cuotas de esos votos a favor, debe ser mínimo 60% de la propiedad. Si el acuerdo anterior cumple estos requisitos, es válido, si no, Ud. Dispone de 1 año para impugnarlo a los tribunales.
Por lo tanto Ud. necesita el acta. Si es correcto el acuerdo reflejado y cumple los 3/5 de votos y cuotas. Son víctimas de una triquiñuela legal. Es muy importante concienciar a los vecinos de la importancia de acudir a las reuniones, o nombrar un representante que este, defienda los intereses del representado. Otro detalle es que se muestre antes de la celebración de las juntas, las papeletas de representación debidamente firmada y verificada, y se guarden durante 5 años. Si esto no se ha hecho así la junta no es válida, por lo tanto impugnable.
Gracias por la respuesta. Creo que no me he explicado bien. En el 2004 los locales buscaron votos de propietarios para utilizarlos en su beneficio. Pusieron con la mayoria de votos que sacaron, que el precio de alquiler mensual por terraza fuese de 50e, mas lo que sube el ipc al año. Tambien hicieron un contrato de 15 años para tener garantizado durante ese plazo el precio fijado. Lo que no estoy seguro es si tenian las tres quintas partes del total de propietario. Yo personalmente he hablado con muchos propietarios y no tenian constancia de esto. Somos 104 propietarios y 22 locales. El dia 27 de agosto es la reunion general y ya que el administrador se ha negado a darme copia del contrato de alquiler, quiero asesorarme lo maximo posible para buscar la forma de cancelar el contrato.
Parece que hay alguna ilegalidad el modo de proceder de esa reunión.
Debe solicitar una nueva reunión al presidente o buscarse más vecinos que entre todos obtengan más de 25 % de representación, para convocarla.
No es de recibo el descenso de renta, en todo caso mantenerla como estaba.
Artículo 17
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El arrendamiento de elementos comunes que no tenga asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.
Muchas gracias por vuestras contestaciones. El tema esta en que percibimos solo 50e de renta por terraza en vez de unos 500e. En el año 2004 se llevo a reunion general el tema del cobro de las terrazas. En nuestra comunidad los locales tienen derecho a votar. En ese años los locales buscaron votos de propietarios que sin saberlo los utilizarian para pagar solo 50e con un contrato de 15 años. Me parece una injusticia ya que en esa reunion asistieron pocos propietarios y el resto no sabian mucho del tema ya que la mayoria viven fuera. Es por eso que tengo interes en ver el contrato, para ver si de alguna manera se puede cancelar y ponerlo en los precios correctos. Son 22 locales imaginaros cuanto dinero estamos perdiendo.
Saludos.
En cualquier caso, esas rentas que percibe la Comunidad, deben estar reflejadas en las cuentas anuales que se llevan a la Junta General Ordinaria anual, para su aprobación.
Por otro lado, si podría ser obligado que el Administrador extienda un certificado a cada propietario de la parte de renta percibida y de la retención efectuada, para la declaración de la Renta.
El administrador tiene la obligación de custodiar toda la documentación de la comunidad, y también tenerla a disposición de los titulares (Art. 20.e de la Ley de Propiedad Horizontal).
Usted tiene derecho a conocer cualquier documentación de la comunidad.
Por lo tanto, el administrador debe facilitarle que usted pueda ver ese contrato, pero no a facilitarle la copia. La copia la tendrá que sacar usted y pagarla de su propio bolsillo.
Hable con el administrador y que le cite en su oficina para poder ver ese contrato y sacar una copia.
No entiendo estas tonterías de los administradores. En mi comunidad, todos los contratos firmados (empresas de mantenimiento, e incluso el del propio administrador) están escaneados en formato pdf, y se facilitan a todos los propietarios vía e-mail, para que los conozcan, los estudien y, cuando llega el momento de tratar su renovación o cancelación, puedan votar con conocimiento de causa.
Hola me presento en el foro y espero ayudar en todo lo que pueda, les comento mi caso.
Vivo en una comunidad de propietarios donde disponemos de 22 terrazas que tenemos alquiladas, las cuales nos dejan unos veneficios que van a las arcas de la comunidad, somos 104 propietarios. Yo todos los años al hacer la declaracion tengo que justificar esos ingresos. Le pedido al administrador que me facilite una copia del contrato de alquiler de dichas terrazas para ver en que condiciones se firmo. La respuesta del administrador es que no me puede dar una copia, que si quiero verla tengo que ir a su oficina. Me gustaria saber si tengo derecho a una copia y si es asi que tengo que hacer para obligar al administrador a darmela.
Muchas gracias por la respuesta.