Un vecino tiene una terraza comunitaria, pero de uso privativo, solo el puede acceder, en en la 1 planta.
Nuestra comunidad no tiene estatutos, nos reunimos por la propiedad horizontal.
Quiere poner césped artificial en la terraza(90m2), por mensajes de wasap le dijimos que no podía, aun así lo va a poner.
Podemos la mayoría de vecinos ponerle Limitaciones haciendo una reunión con el administrador?
El césped puede producir futuras humedades, limitar acceso de personas a la terraza para no hacer fiestas, barbacoas, jugar con pelotas, luces hasta tarde por las noches, correr por la terraza con patinetes etc... Ya que son cosas que molestan a los vecinos y perturban la tranquilidad ya que es un barrio muy tranquilo y no están en la calle sino en una comunidad.
Asimismo se dio hace años permiso para cubrir una pequeña parte de esa terraza,
- Se puede revertir ese permiso, ya que en ese pequeño espacio hasta se cocina?
-Se puede revertir ese permiso ya que al construir han tapado una ventana que daba a la escalera, la cual se podía abrir y ventilar, o en su caso hacer de salida de emergencia.
El poner cesped artificial, no queda recogido como un elemento que sea necesario su sujección fija al suelo.
Por lo cual yo creo que no está limitada su instalación.
Eso no quiere decir, que no sea un grave problema en un futuro, dado que el, agua de lluvia empapa el cesped y se crea humedades.
Humedades por otro lado, que en caso de originarse, su arrglo será por cuenta del propietario que instaló el cesped.
Haganseló saber por escrito del aviso.
Tengan o no tengan estatutos, las comunidades se rigen por la LPH
LA comunidad nomtiene potestad, para limitar el acceso de personas a un lugar, del que se tiene el uso y disfrute, ni limitar horarios, ni nada de lo que ustedes proponen
El permiso que se dió, no se puede eliminar. Hubieran visto antes los problemas que pudieran suceder
Algo se podrá hacer, no todo tiene que valer, ya que es un gran agravio para con el resto de vecinos. Empezamos por el césped... Seguimos con barbacoa y acabamos con un jacuzzi.
Si se hacen cosas que dañan la convivencia entonces que se puede hacer, pasar a las denuncias?
Si ese fuera el caso el pasar a las denuncias como se procede, por parte de la comunidad a ese vecino ya que la terraza es de todos, o serian solo los vecinos perjudicados?
No se puede revertir aquello que previamente se ha autorizado.
Sí se puede prohibir el uso no adecuado a la finalidad de la terraza. Por ejemplo, esas terrazas no están diseñadas para soportar las sobrecargas que suponen esas actividades que Vd. cita (fiestas numerosas, patinetes corriendo, etc.).
El presidente de la comunidad es quien debe comunicárselo al propietario y si no hace caso, acudir a los tribunales previa aprobación por la junta.
Perdonar por tanta pregunta, pero cuanto Consenso se necesita para aprobar en Junta, la mitad?
Otra cuestión, por la ocupación de esa parte de la terraza que ha cubierto y lo ha ampliado a su vivienda, se le puede cobrar la parte proporcional de la cuota de comunidad.
"cuanto Consenso se necesita para aprobar en Junta, la mitad?"
No se llama consenso sino mayoría. Depende para qué, si es para judicializar un mal uso, mayoría simple. La mitad no es mayoría.
"por la ocupación de esa parte de la terraza que ha cubierto y lo ha ampliado a su vivienda, se le puede cobrar la parte proporcional de la cuota de comunidad."
No.