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Terraza comunitaria en vpo

7 Comentarios
 
13/03/2018 18:07
romana
Vaya al ayuntamiento y consulte el proyecto de las VPO.
La constructora, no es nadie para introducir modificaciones en contra del proyecto y la licencia municipal.
13/03/2018 17:51
Joseian29
Si no tienes asignado en tus escrituras o las de la comunidad el derecho de uso privativo, necesitas unanimidad.
12/03/2018 21:32
romana
Hola Romana, he comprado un piso de VPO con una cubierta no transitable aneja a mi piso, que quedo en esa situación cuando alguien decidió no pagar los metros o lo que fuese. La cuestión es que yo quiero poner un suelo y hacer esa terraza mía, en tu caso se pudo hacer algo o finalmente quedo como cubierta y sin uso? Porque he escuchado que necesito la unanimidad que me parece inviable, pero hacerla de uso y disfrute es posible con mayoría simple, sabes algo? Un saludo y gracias!
21/07/2008 07:54
romana, no entiendo eso de que la han cobrado el 50% de los metros útiles de la terraza.

Tampoco lo de "se han quejado, y como 1º opcion la constructora a decidido no hacerlas."
11/07/2008 15:02
Hola Romana,

Una vez constituida la comunidad de propietarios del edificio ésta es dueña y señora de adoptar los acuerdos que estimen pertinentes para mejorar las condiciones de los comuneros.

Estos acuerdos habrán de adoptarse por mayoría o por unanimidad según el tipo de acuerdos que sean puestos en consideración.

Un saludo.

Antonio.

www.martindelasmulasabogados.com
11/07/2008 09:24
Gracias por tu respuesta.

Entonces, por lo que te he entendido, la constructora lo que hara sera hacerlas intransitables, o sea no hacer las barandillas ni las divisiones, solamente tendriamos el " suelo " de la terraza.
Nosotros hemos elegido una casa con terraza y ahora no la tenemos, y no nos las van a hacer, hay posibilidad de que una vez que estemos viviendo en la casa hacerlas por nuestra cuenta, pidiendo permiso a la comunidad?, y es posible hacerlas aunque no todos los propietarios de los aticos quieran hacerla?
La verdad es que estoy muy preocupada por este tema, todavia no ha firmado el contrato y quiero estar segura de lo que se puede hacer, y la verdad es que la constructora no nos da mucha informacion
Gracias
10/07/2008 20:59
hay varios asuntos en tu tema

- por una parte está el concepto de terraza, que a veces se solapa con el concepto de cubierta ... y es que terraza propiemente dicha es el espacio abierto que guarda una clara relación espacial con el entorno y una proporcionada relación dimensional con la pieza habitable a la que complementa ... y esas relaciones serán incluso diferentes según se trate de espacios de residencia permanente o vacacionales, en climas soleados o de alta pluviosidad, con grandes vistas o en un entorno cerrado

- por otro lado está el concepto de cubierta, que es la cubrición del espacio inferior ... y es que la cubrición de un espacio situado a un nivel inferior no debe considerarse terraza en la medida en que no guarda una clara relación espacial con el entorno o su dimensión es desproporcionada respecto a la pieza habitable a la que complementa. En este caso no se trata de una terraza sino de una cubierta, y una cubierta puede ser transitable, no transitable, accesible sólo para mantenimiento, ajardinada, etc ... sin que deba considerarse terraza más allá de lo definido como terraza en el punto anterior.

- sea como fuere, incluso siendo cubierta transitable y no terraza propiamente dicha, es susceptible de aprovechamiento como terraza, y es un valor añadido para quien tiene sobre ella los derechos de propiedad o los de uso y disfrute.

- en tu caso, como VPO, no podrían cobraros más que por los m2 útiles que cosntan en la calificación ... aunque tempoco estarían obligados a construir de modo diferente al indicado en el proyecto que dio origen a la calificación. Aunque cabe la posibilidad de que ese proyecto indique las terrazas con la configuración pretendida (aunque fueran cubiertas de espacio inferior y no terrazas propiamente dichas), lo normal es que exista una cierta indefinición, sin indicar uso, límites de barandillas, elementos separadores entre viviendas, etc ... y de ahí que el promotor tenga un cierto grado de libertad para "negociar" ese plus de modo discreto e individual con cada adquierente. Si, como sospecho, se trata de una cubierta, es una negociación al margen de la ley de VPO, aunque no al margen del sentido común, ... y yo creo que una cubierta de amplias dimensiones no debería computarse en ningún caso por encima del 20% del valor de la vivienda a la que complementa. El problema se complica si la adjudicación de viviendas es realizada por la Administración, si no existe un trato directo y cómplice entre promotor y comprador, y/o si alguno de los adjudicatarios se niega al pago, en su derecho aunque quizá no en su razón, en base a la ley de vpo ... porque, toda vez que suele ocurrir que quien se niega a pagar, con razón legal para ello, proclama su éxito a los cuatro vientos, el promotor trata de dar un paso atrás y negar la mayor ... haciendo las terrazas no transitables o, si en actual estado de las obras fuera económicamente un despropósito, restringiendo en lo posible el beneficio del "revoltoso".

- no es fácil pasar una cubierta a terraza de uso colectivo, porque, al margen de otro enfoque que haré a continuación, conllevaría darle acceso y medios de evacuación a través de elementos comunes, lo que supone como poco un gasto extra no cobrable ... por lo que lo lógoco sería que el promotor, ante la imposibilidad de cobrar ese plus, las hiciese no transitables o accesibles sólo para mantenimiento.

- casi por último está el tema de la posibilidad de que sea terraza de uso colectivo y tengas a los vecinos junto a tu ventana, que enlaza con el punto anterior y que yo veía improbable ... y es que en eso estarías en cierta medida protegido por la ley, en la medida en la que el código civil y la normativa urbanística protegen tus derechos de luces y vistas, y en la medida en que han de protegerte contra la intrusión ... todo ello sin alterar las condiciones de la calificación, o el proyecto en el caso de que la relación promotor-comprador fuera personal y no por adjudicación de la Administración

- por último, por el momento, está la posibilidad de que el promotor descalifique las viviendas en que se da esa casuística, lo que también es improbable cuando no imposible ... y es que, aunque podría solicitar la descalificación de las plantas inferiores, lo normal sería que la Administración no se lo permitiera, al margen de que incluso sería posible que no le fuera permitido por el planeamiento

Terraza comunitaria en vpo
10/07/2008 19:55
Hola!
Me ha tocado una VPO y yo la elegí con terraza.
Ahora, por el motivo de que nos han cobrado el 50 % de los mtrs utiles de esa terraza, se han quejado, y como 1º opcion la constructora a decidido no hacerlas.
Otra opcion que hemos oido es que sean terrazas comunitarias.
Eso conlleva que voy a tener delante de mi ventana al resto de los vecinos, lo que conlleva falta de privacidad y que tenga que tener siempre todas las ventanas cerradas por motivo de seguridad?
Se puede llegar a un acuerdo con los vecinos para restringir el uso de esas terrazas?tienen que aprovarlos todos?hay un plazo para pedir esta restricción?
Gracias