Un bar ha solicitado a la comunidad de propietarios consentimiento para poner una terraza en la acera de acceso al edificio. Según la normativa local, en el formulario de petición de terraza al ayuntamiento se indica: "Si una parte de la terraza corresponde a la fachada de establecimiento o comunidad confrontante, es necesario presentar su consentimiento". Me gustaría saber qué mayoría de propietarios deben consentir para que se considere aprobado el consentimiento (mayoría simple, cualificada, ??) y si debe tomarse la decisión en una junta (teniendo en cuenta únicamente a los asistentes) o simplemente una consulta online/telefónica a los propietarios sería válida legalmente. Muchas gracias por su ayuda.
Para responder a su pregunta, es importante tener en cuenta que las normas específicas pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma y el municipio en cuestión. Sin embargo, puedo proporcionarle una orientación general basada en las prácticas comunes:
En la mayoría de los casos, para asuntos que afectan a elementos comunes del edificio (como la fachada o la acera de acceso), se suele requerir una mayoría simple (más del 50% de los votos emitidos) de los propietarios. Sin embargo, en algunos casos, dependiendo de los estatutos de la comunidad o de la normativa local, podría requerirse una mayoría cualificada (por ejemplo, 3/5 o 2/3 de los propietarios).
La Ley de Propiedad Horizontal establece que las decisiones de la comunidad de propietarios deben tomarse en juntas. Sin embargo, desde la pandemia de COVID-19, se han flexibilizado algunas normas permitiendo en muchos casos la celebración de juntas telemáticas o la toma de decisiones por medios electrónicos.
Considerando estos puntos, le recomiendo lo siguiente:
Consulte los estatutos de su comunidad de propietarios para ver si especifican algo sobre este tipo de decisiones.
Contacte con el administrador de la finca o el presidente de la comunidad para que convoque una junta (presencial o telemática) donde se pueda discutir y votar sobre este asunto.
En la junta, se debería decidir por votación. La mayoría necesaria probablemente sea simple, a menos que los estatutos indiquen lo contrario.
Si por alguna razón no es posible convocar una junta, una consulta online o telefónica podría ser válida si todos los propietarios están de acuerdo con este método y se documenta adecuadamente el proceso y los resultados. Sin embargo, este método es menos seguro legalmente y podría ser impugnado por algún propietario disconforme.
Sea cual sea el método elegido, necesario documentar todo el proceso y el resultado de la votación para poder presentarlo al ayuntamiento como prueba del consentimiento de la comunidad.
ChatGPT da una contestaciones que en ocasiones son erróneas y más cuando se hace sin un respaldo legal detrás del programa. Son varios ya los mensajes que he visto últimamente que se limitan a hacer un resumen de chatgpt y lo copian aquí o directamente lo copian y pegan sin resumen ni nada. En muchos de estos resúmenes se han dado respuestas erróneas que, el que entra aquí buscando ayuda y no controla sobre propiedad horizontal, no detecta y se va tan contento. Cualquiera que tenga algo de idea de PH las caza rápido .
No sé que mueve a uno a pegar un consulta en chatgpt y cascar aquí la respuesta, pero no es recomendable para aquellos que entran para buscar ayuda.
Muy bien Fixin ¿Y cuál es tu respuesta? ¿O eres el cazador de GPT?
Aparte de que la IA, extrae su respuesta de otras fuentes, generalmente de Google, académico, Sepin etc.
pero nada que fixin sabe más, pero se lo calla, todo para él.