Soy licenciado en empresariales y por mi trabajo tengo que consultar mucha jurisprudencia, sentencias, etc. Mi problema viene cuando leo sentencias y existen muchos términos que se me escapan como pueden ser:
- la demanda reconvencional
- las costas de esta alzada
- con el Juez a quo
- dado su carácter procesal, resulta preceptivo...
- la demanda rectora
- devuélvanse los autos originales
y otros tantas....(además de una cantidad de palabras en latin)
No quiero en esta consulta que se me explique el significado de estas expresiones sino que me indicaráis algún LIBRO dónde se explique este tipo de vocaburario, que se explique las partes que tiene que tener una sentencia, etc. Espero me entendáis lo que quiero decir.
Supongo que para los licenciados en derecho estáis familiarizados con estos vocablos y podáis pensar que es una pregunta tonta pero para la gente profana en el tema es un problema.
Me temo que para comprender estas expresiones tienes que estar muy familiarizado con la terminologia juridica, las partes de las que consta una sentencia puedes encontrarlas en cualquier manual introductorio de Derecho Procesal, por lo demas, un diccionario juridico puede ayudarte bastante. Si sera un poco mas dificil que encuentres el significado de los "latinajos", que con frecuencia, son principios del Derecho. Pero algunos si vienen en los diccionarios.
Por cierto, para nada es una pregunta tonta. Si te encuentras con una de esas farragosas expresiones y no encuentras su sentido por ninguna parte, solo pasate por aqui y pregunta lo que necesites.
Sí podríamos adelantarte algo respecto de las cuestiones que has planteado, sin perjuicio de que acudas a textos que puedan sacarte de dudas, aunque la mayor parte de ellas creo que podrás solventarlas en la red:
- la demanda reconvencional
Supongamos que una persona demanda a otra reclamándole una concreta cantidad de dinero; a su vez el demandado entiende que, a su vez tiene un crédito contra el demandante, y que su importe es superior al reclamado por éste, de modo que pediría la compensación de los créditos y la entrega del saldo a su favor. En este caso lo hará mediante una reconvención, que no es otra cosa que una demanda formulada en el mismo procedimiento por quien era inicialmente demanado.
- las costas de esta alzada
Cuando se formula un recurso de apelación el Tribunal ha de pronunciarse en cuanto a las costas del recurso, y esas son las costas de la alzada.
- con el Juez a quo
Por contraposición al Juez ad quem. Es decir, supongamos que se dicta sentencia en un procedimiento, y esa sentencia es objeto de recurso de apelación. El órgano a quo será el Tribunal de instancia, y el órgano ad quem será el Tribunal que sustancie la apelación, o el recurso, se llame como se llame.
- dado su carácter procesal, resulta preceptivo...
Las normas procesales son normas de orden público, imperativas, preceptivas, de inexcusable cumplimiento, lo que determina que deban ser aplicables incluso de oficio.
- la demanda rectora
Se trata de un término forense. Digamos que los escritos "rectores" del procedimiento" serían la demanda y la contestación, pues son los escritos mediante los que las partes introducen el debate.
- devuélvanse los autos originales
Cuando se formula un recurso los autos originales se remiten al tribunal que ha de resolverlo, dejando testimonio en el juzgado de instancia de aquello que sea necesario. De este modo, resuelto el recurso, y una vez firme la resolución, se devulven al tribunal de instancia.
Lo que te digo está inspirado, sin perjuicio de que pueda ser aplicable a otros órdenes jurisdiccionales, y sin perjuicio, también, de que no es más que un esbozo de lo que podría decirse, en el orden civil.
Me habeis ayudado bastante. Tengo que confesar que cuantas más sentencias leo más familiarizado estoy con las siguientes pero eso no implica que muchas veces me pierda en esas frases y significados tan "complicados". Pienso y pensaré que se puede decir lo mismo usando palabras más comunes y de "ir por casa".
Por último una pregunta: si yo redacto una demanda (completa) y luego contrato los servicios de un abogado para que vaya a juicio, ¿me va a cobrar igual como si hiciera él el trabajo completo?
Yo no te aconsejaría hacer eso, y yo, como abogado, no lo aceptaría.
Distinto es que, por ejemplo, la pretensión ejercitada tenga un contenido muy técnico, relativo, por ejemplo, a la actividad que tú desarrollas, de manera que el trabajo, en cierto modo, se hiciese de forma conjunta.
Por poner un ejemplo sencillo: si redactas una demanda de desahucio por falta de pago de las rentas e intentas contratar mis servicios simplemente para que la firme y asista a juicio te diría que no. Eso sí, no sé lo que harían otros profesionales.
Es algo así como que yo hiciese un plan de empresa, una auditoría, etc., y luego te pidiese tu firma, como colegiado, y una reducción en la minuta.
Supongo que, como en la viña del Señor, entre abogados habrá de todo, pero yo, desde luego, solo admitiría tu 'demanda' como un simple conjunto de 'notas' a tener en cuenta (sobre todo en relación a los hechos), y no te rebajaría ni un céntimo de euro.
Es más: muy frecuentemente, a los abogados nos cuesta más tiempo y esfuerzo 'corregir' o 'supervisar' un escrito que redactarlo ab initium.
Una pregunta: ¿por qué te empeñas en redactar una demanda si no es tu oficio? ¿por 'hobby', porque te crees que puedes hacerlo mejor que un profesional o por ahorrar dinero? (la verdad es que siento curiosidad por tus motivaciones...)
Boxer, sinceramente, creo que ignorando, como ignoras, la terminología jurídica más básica y elemental, sería mejor que te dedicaras a lo tuyo (lo que sea), y dejes que los zapateros arreglen los zapatos, que siempre los arreglarán mejor que tú, aunque sean tus zapatos.
Deja también que los arquitectos redacten el proyecto de tu casa, que los médicos te metan el bisturí hasta donde sea necesario, y que los abogados redacten las demandas.
quizás no me haya explicado lo suficiente y eso ha sido motivo de lo que es obvio: yo nunca puedo hacer mejor el trabajo de abogado que los propios profesionales que se dedican a ello. Incluso si fuera licenciado en derecho tampoco me garantiza que pudiera realizar una labor correcta cuando mi carrera profesional se desarrollara en otro sector distinto al que nos ocupa.
Alberto me pregunta porqué quiero redactar una demanda (Mario estuvo muy cerca de acertar). La contestación es la siguiente:
Tengo la administración de unos pisos en alquiler (bastantes viviendas, por cierto). Me contrataron y una vez que empecé a trabajar me di cuenta que lo que quiería la empresa de mí: una empleado para todo. Entre otras cosas para solucionar el tema de los morosos. Además me indican que "una vez hecha una demanda de desahucio, todas son iguales..... y que me busque la vida". Entre los papeles de esta empresa parece que ya tienen experiencia en ello y por eso que estoy leyendo sentencias sobre el mismo. Además, esta empresa me pone unos objetivos entre los que están la reducción de gastos "y tal".
Como comprenderéis, para mí lo más cómodo y eficaz es hacer un acuerdo con un despacho y que ellos se encarguen de todo pero no me está permitido (sólo en casos muy puntuales).
Pero repito, yo prefiero estar con mis números con sus "ivas" que estar leyendo textos legales y leyes.
Y reafirmo lo que dice Anónimo: zapatero a tus zapatos.
¡Aclararamos! Ahora entiendo los motivos que te llevaron a plantear la pregunta que planteaste.
Desde luego, la postura resulta muy cómoda para la empresa que te contrató, pero, tal vez en alguna ocasión, a dicha empresa pueda salirle el tiro por la culata: por ahorrarse unos euros de honorarios profesionales, si le sale algún inquilino 'peleón' o 'entereadillo', puede perder o dejar de percibir sumas importantes en comparación con una minuta de abogado.
Desde luego, se puede hacer, y es legítimo, hacer lo que hace tu empresa: intentar ahorrar costes; lo mismo que es perfectamente legítimo no contratar un seguro de responsabilidad civil, o del hogar, o contra incendios, o infravalorar el bien asegurado para ahorrarse unos euros de prima (total, nunca pasa nada y es raro que se incendie una casa o un edificio, hay miles y miles que nuca se incendian...: que se lo pregunten a los del Windsor...).
Saludos, Boxer (y una pequeña sugerencia: comunicale a tu empresa, preferiblemente por burofax o en presencia de testigos o por cualquier otro medio que permita dejar constancia, que tú prepararás las demandas, pero que no eres un profesional del Derecho, y, por tanto, declinas todo tipo de responsabilidad si algo no sale como debiera...).
Respecto a la pregunta inicial derecomendarte un libro yo te recomendaría un libro de derecho procesal civil, no sabría decirte un autor concreto, alguno de los que se utilizan en la facultad que siempre son mas pedagógicos, o en último caso un diccionario juridico. Espero que tengas suerte, yo tambien sufro las consecuencias de hacer cosas de las que no sé lo suficiente y es verdaderamente complicado salir adelante en esos temas. Suerte.
si te sirve mira en la página Lexjuridica- en el apartado de lenguaje jurídico.
o sino prueba en la página diccionario jurídico latino.
en esas dos páginas salen bastantes palabras jurídicas,
espero servirte de ayuda
Ante todo un saludo para todos los foreros "juristas", tanto los profesionales como los legos de buena voluntad. Después, entiendo de inicio la pregunta de Boxer pero... desde luego lleva gato encerrado. Te diré algo: a pesar de haberme licenciado en su día en Derecho, hasta que no hice los Masters y Cursos de Derecho Procesal Civil, Penal y Laboral, reconozco que no tenía ni puñetera idea de Derecho. Sí, mucho derecho "sustantantivo" pero.. ¿y el procesal?, de ese ... ¡ni idea¡, ¿Cómo lo aprendí?: pasándome hasta 4 meses desde las 8 de la mañana a las 3 de la tarde de Juzgado en juzgado de cada jurisdicción, leyendo sentencias, sentencias y sentencias de todos los órdenes (TS, TSJ,s, AAPP...) y después por la tarde, haciendo el master o curso superior correspondiente (entre 5 a 9 meses) y por supuesto poniéndome la toga y llevándome tortazos, y yo ahora te pregunto Boxer ¿de verdad crees que porque te empapes de un manual de la asignatura de derecho procesal civil (o de la Ley de Propiedad Horizontal, o de la Ley de Arrendamientos Urbanos) y redactes una demanda ya sabes terminología jurídica? Dile a quien te ha dicho eso que es el tío más listo de toda la Humanidad. Osea, ¿que hay jueces y magistrados que tras más de 30 años de leyes de arrendameintos, o de propiedad horizontal o 4 años de la Lec siguen discrepando sobre la acumulación de rentas, más las que se devengen hasta la vista oral, más la "cantidad de indemnización" que se genere después de la sentencia (que es acomo se llaman técnicamentes esas rentas posteriores) y ahora va a venir un tío a decir que todas las demandas son iguales ? !Que se vaya a paseo¡ Dicho de otro modo: como letrado, me encantaría encontrarme en el Juzgado con un letrado que no ha redactado la demanda él ¿por cierto, sabes algo sobre el 249 y 250 de la Lec en cuestión de materia o de cuantía, sobre el 251 y el interés del pleito y el acceso o no a casación, sobre las excepcioens procesales de forma y de fondo, sobre la audiencia previa, sobre .....? Como ves, dicho con todo el respeto, la carrera de Derecho dura 5 años por algo y no sólo un año de Procesal. Desde luego, si yo tengo un problema sobre contabilidad o similar de una empresa, lo primero que pienso es ¿qué economista o amigo de empresariales conozco para ver si puede ser mi perito en el pleito? En fín, no te molestes pero en el fondo te estoy dando un consejo que a las malas y a las buenas está salvando tu bolsillo, tu responsabilidad y tu culo.
Chao.