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termino contrato arrendamiento

6 Comentarios
 
Termino contrato arrendamiento
08/10/2006 17:51
A finales del pr´ximo mes de Noviembre termina un contrato de arrendamiento que tengo firmado con un inquilino. Tengo que enviarle alguna carta, burofax, etc, comunicándoselo por si hubiera posteriormente algún problema? Si es así. En qué términos debo redactarla.
Os agradecería me ayudarais, por que no tengo muy claro lo que debo hacer.
Un saludo y gracias
perfil Jan
09/10/2006 11:24
Hola andrew. Por favor, responda a las siguientes preguntas:

1) Fecha de celebración del contrato y duración inicialmente pactada en el mismo.

2) Tipo de contrato. Vivienda o uso distinto del de vivienda.

3) Si existe alguna cláusula relativa a excluir la prórroga del art 10 LAU 1994.

Un saludo.
09/10/2006 21:04
Contrato de vivienda no habitual o de temporada
Fecha 1 Julio de 2006. Duración SEIS MESES.
Al término de los cuales, la vivienda deberá quedar completamente libre, vacua y expedita, a disposición del arrendador, sin necesidad de requerimiento.Queda expresamente excluida la posibilidad de tácita reconducción.
Esto es lo que dice el contrato sobre lo que me preguntas. Me gustaría me asesoraras sobre lo que debo hacer. un saludo y muchas gracias por tu intere´s en ayudarme
perfil Jan
10/10/2006 12:06
Hola andrew. Gracias por responder a mis preguntas. Supongo que en el contrato tampoco consta ninguna cláusula relativa a posibles prórrogas y su régimen de ejercicio.Vg " Llegada la fecha de vencimiento del contrato si ninguna de las partes notifica a la otra con 1 mes de antelación la voluntad de no renovarlo se prorrogará por un plazo de X meses..."

Si estoy en lo cierto y no existe tal cláusula y además consta en el contrato que SE EXCLUYE la tácita reconducción, usted NO debe notificar nada a su Arrendatario. Así el 1 de Enero de 2007 su Arrendatario deberá desalojar la vivienda y usted devolverle la fianza, salvo que existan desperfectos o impago de recibos de agua,luz, gas,etc. en cuyo caso usted detraerá de la fianza la parte necesaria para hacer frente al coste de reparación de los daños o al pago de los recibos.

Si le surge alguna duda más expóngala y trataré de resolvérsela.

Un saludo.

11/10/2006 09:50
Gracias por tu ayuda Jan, eres muy amable. No existe la clausula relativa a posibles prorrogas. Creo que me lo has dejado muy claro. Gracias de nuevo.
Un saludo
11/10/2006 10:30
Completando la buena respuesta, como es habitual, de Jan, me permito indicar que, aunque no se encuentre reflejada en el contrato la necesidad de requerimiento previo, no está de más notificación fehaciente (por ejemplo burofax) recordándole al inquilino la finalización del contrato en tal fecha, según cláusula tal, y que debe, en virtud de ello, entregar la posesión. Por aquello de que lo que abunda no daña.
12/10/2006 00:03
Hola! haber si me pueden ayudar?¿¿? stoy por alquilar un local para montar un negocio, y quisiera saber en cuanto pueden incurrir mis gastos, mas concretamente el del notario.
Gracias!!!