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Tensiones en comunidad y voto secreto

11 Comentarios
 
Tensiones en comunidad y voto secreto
19/10/2005 18:20
En una comunidad hay desacuerdo en varias cuestiones lo que provoca tensiones e insultos. Ante tal situación el administrador ha planteado que el voto se emita por escrito y con carácter secreto, con la salvedad de que el administrador pueda conocer el sentido del voto de cada propietario al efecto de contabilizar los coeficientes de participación. ¿Es esto posible? Debo decir que hay confianza en el administrador
perfil yo
19/10/2005 18:23
El voto puede ser secreto, siempre y cuando hayan dos votaciones, una por votos, y otra por cuotas.
19/10/2005 19:05
El voto no puede ser nunca secreto, tienes que reseñar en el acta quien vota a favor con su coeficiente, quien vota encontra y quien se abstiene.
Ver sentencias. existen. Sobre la redacción de las actas.
perfil yo
19/10/2005 19:07
El voto puede ser secreto, excepto si afecta a la validez del acuerdo el que no se refleje quienes aprobaron el acuerdo.
perfil yo
19/10/2005 19:08
También hay sentencias.
19/10/2005 19:22
Dime un acuerdo que no le afecte saber los votos, pues tienes que saber si son mayoria, si son 3/5 o si son unanimidad, otra cosa es que quieran jugar a las canicas en la reunión y se voto si durante la reunión se juega a las canicas, que eso no afecta para nada a la comunidad, ni a los acuerdos de la misma.
19/10/2005 19:37
17-10-12
Por las mismas razones, el voto secreto, es decir, aquel acuerdo obtenido por el acuerdo formado por asistentes que no se identifican, no puede considerarse válido. No basta con la emisión del voto, ha de conocerse la cuota de participación del votante.
Pagi 338
Guia práctica de Los magistrados Vicente Magro Servet, Enrique García-Chamón y Visitación Pérez Serra.
No son cosas que se puedan obviar, dime como aplicas el 19 de la LPh, pues dime como podrías aplicar la impugnación del articulo 18 si no sabes quien ha votado negativamente.
19/10/2005 20:12
La doctrina considera que para el cómputo de mayorías exigidas en la LPH, será preciso que se pueda determinar qué propietarios votaron en uno u otro sentido. Ello lleva a la conclusión de que sería ineficaz el acuerdo que se toma mediante votación secreta, que impide la ponderación del porcentaje de participación que corresponde a cada voto.

Es notorio que la votación secreta implicaría el desconocimiento de las cuotas de cada propietario que ha votado a favor o en contra del acuerdo, con lo que no es posible comprobar si se ha alcanzado el quórum preciso para la adopción de los acuerdos. En este sentido la STS 17 diciembre de 2001 ha establecido que el voto secreto no puede ser considerado válido, debiendo, de forma obligatoria, conocerse la cuota de participación del votante. En este sentido estoy totalmente de acuerdo con Justa y en descauerso con yo.


Sin embargo, a la vista del planteamiento realizado por jade, el voto emitido al que se refiere la consulta no es propiamente secreto, en la medida en que el secretario (administtrador según ella) conoce la cuota y toma nota de la misma. Por ello, aunque todo dependerá en definitiva del criterio del Juez de instancia, el voto podría adoptarse en dicha forma, bastando para implantar este sistema una decisión mayoritaria.

La única salvedad estará en lo dispuesto en el artículo 19.2.f) LPH, es decir, cuando "fuera relevante para la validez del acuerdo" la indicación en el texto del acta de los nombres del "los propietarios que hubieran votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que respectivamente representen", en cuyo caso sería de aplicación lo expuesto por Justa.

Ya ves, con calzador y únicamente en un determinado supuesto.

También te anticipo que si yo fuera el Juez, mi criterio sería denegar salvo que el resultado de la votación hubiera sido muy claro en un sentido determinado y no tuviera ningún género de dudas de que fue ese y no otro el resultado de la votación.

Saludos.

PD. Para Maica. A veces no soy tan parco en la respuestas ¿verdad? jejeje


19/10/2005 21:08
Explicarme como hace el secretario el acta, si el voto es secreto, por mucho que el sepa el coeficiente y los que votan a favor y en contra, tendrá que redactar el acta, claro pondra:
Votos a favor, secretos, el coeficiente lo conoce el secretario, preguntenselo en caso de impugnación. Votos en contra, secretos, el coeficiente lo conoce el secretario, ¿ha salvado usted el voto? como lo demuestra en el juzgado. Sr. Juez: pregunteselo al secretario, tiene memoria de elefante y se acordara quien voto en contra, pero claro su señoria es su palabra contra la mía, el dirá que no vote, que no, que lo tiene contabilizado en su memoria como abstención.
Dejemonos de coñas, la LPH es algo más serio.
Jade te doy un consejo, convence a los que no quieren votar que los otros van a votar en contra, y que el secretario vaya nombrando primero a los que votan en contra, se puede llevar una sorpresa, que por fastidiar cambien el voto.
Comunidad conflictiva, se necesitaba la unanimidad, uno siempre votaba en contra de los demas fuera cual fuera el acuerdo. Se puesieron de acuerdo y decidieron que todos votarian que no; les interesaba el si. Los corrillos de las escaleras cuando el desidente pasaba era que iban a votar que no, llego la reunión, el secretario empezo nombrandole a él; voto que si, pensando que los otros iban a votar que no. vOTOS CONTABILIZADOS AL FINAL TODOS SI.
perfil yo
20/10/2005 08:17
La votación secreta de cuotas permite saber si se han alcanzado los quorums, si en el recuento total suman 100.

A mi tampoco me gustan las votaciones secretas.

El administrador, si no es secretario, no puede levantar acta del resultado de la votación.
perfil yo
20/10/2005 08:25
No hace falta memoria. El secretario puede tomar notas.

La comunidad ha aceptado esa votación. Que no lo hubiera hecho y se ahorraría problemas.
20/10/2005 08:57
Gracias. Me quedo con las respuestas de Dick y Justa. Yo tb lo veía como Dick en cuanto a la posibilidad que apunta pero lo más probable es que declaren ilegal el sistema de votación mediante voto secreto.