Buenas. Tengo una pena de 90 días de trabajo para la comunidad, como pena sustitutiva a la pena de prisión.
Yo trabajo las temporadas de verano fuera de España, y empiezo de hecho dentro de una semana.
La sentencia es reciente y no me han notificado nada aún.
Me permitirán aplazar los trabajos para poder realizarlos en invierno? (Trabajo temporadas de 5/6 meses en verano)
El caso es que como aún no me han asignado un centro para hacer el plan de ejecución de los trabajos, voy a notificar al juzgado por escrito quería voy, con copia y traducción jurada del contrato de trabajo y los billetes de avión. Pero yo me iré antes de que me contesten si quiera.
Creen que me pondrán alguna pega? O que me obligarían a volver para el plan de ejecución?
Cualquier información al respecto en casos similares me es de mucha ayuda, y me corre prisa!
Buenas tardes.
si vd tiene una obligacion de realizar trabajos en beneficio de la comunidad, el tribunal suele tener en cuenta si vd esta trabajando, con lo cual, segun su ocupacion laboral, para que no sea afectada, le pondran probablemente alguna tarea, fuera de sus ocupaciones laborales diarias, que si o si, debera atender.no se vaya fuera de españa , sin consultar antes al juzgado, para evitar futuros problemas.
un saludo