Opino como Leonjbr, hay que leer el contrato. Como es posterior a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, es posible que si que puedan denegarle la renovación en un plazo más o menos breve. Pero insisto: sin leer el contrato no hay certeza.
Para responder a esa pregunta es imprescindible leer el contrato, pero puedo intentar darle una respuesta si me responde a estas dos preguntas:
1.- ¿cual es la duración inicial?
2.- ¿como se determina la renta, en términos anuales o mensuales?