mi pregunta es la siguiente tengo un piso alquilado contrato hecho por un abogado de 12 meses yo por fuerza mayor debo vender el piso y avise a la inquilina desde hace muchisimo tiempo el contrato termina el mes de noviembre he hecho que me firmara un papel en el cual se compromete a dejar el piso a finales de septiembre puede surgir algun problema? gracias esther.
Hola esthersalermo. Le aconsejo que hable con su Arrendataria para que le envíe a usted un burofax con acuse de recibo en el que manifieste su voluntad de NO renovar el contrato. Así evitará cualquier tipo de contratiempo legal.
buenas tardes y muchas gracias por contestarme Jan esto fue firmado por ella pero mi pregunta es la
siguiente esto firmado por ella no tiene validez legal??? ya que la persona cuando lo firmo penso que podia encontrar otro sitio pero como no encuentra no se que debo hacer en caso de que no cumpla con lo firmado tendre que mandarle un burofax a ella ??? gracias esther
buenos dias he ido al abogado que me hizo este contrato de 12 meses y me dijo lo siguiente que no es legal hacer contrato de 11 meses y que la unica forma que la inquilina deje el piso es que firme con fecha del dia 30 de septiembre que entrega las llaves que es la UNICA FORMA de no llegar a un juicio me informo que el papel que firmo la inquilina no sirve de nada'? esto es asi??? esther.
Hasta donde yo se, aunque el contrato sea por 12 meses el inqulino tiene derecho a estar, como máximo 5 años. Sin posibilidad alguna de echarlo, siempre que pague la renta, no haga reformas etc..., lo de siempre.
Es decir, tu haces un contrato de un año y luego el que está en la casa piensa prorrogarlo y no tienes más remedio que aceptarlo.
Hola esthersalermo. Voy a intentar explicarle las diferentes opciones existentes en su caso concreto:
1)"he ido al abogado que me hizo este contrato de 12 meses y me dijo lo siguiente que no es legal hacer contrato de 11 meses".
Esta manifestación hay que matizarla. Es LEGAL hacer un contrato de 12 meses,pues la duración es la estipulen las partes. Lo IMPORTANTE es el TIPO de contrato que se vaya a celebrar,esto es, de VIVIENDA O DE USO DISTINTO AL DE VIVIENDA(TEMPORADA). LA calificación como uno u otro tipo NO DEPENDE de la DURACIÓN del contrato sino de SI EL ARRENDATARIO NECESITA LA VIVIENDA COMO PERMANENTE o si la necesita de FORMA TEMPORAL(trabajo,estudios,vaciones..).
Por tanto,lo que su abogado le ha querido decir es que al tratarse de un contrato de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA(pues casi seguro que esa es su calificación) la ARRENDATARIA puede permanecer en la vivienda hasta UN MÍNIMO DE 5 AÑOS.
2)"y que la unica forma que la inquilina deje el piso es que firme con fecha del dia 30 de septiembre que entrega las llaves que es la UNICA FORMA de no llegar a un juicio".
No estoy de acuerdo con esto. La única forma de que usted pueda recuperar la vivienda a la fecha de finalización del contrato es la que le expliqué en mi post anterior:que su Arrendataria le envíe a usted un burofax con acuse de recibo en el que manifieste su voluntad de NO renovar el contrato con al menos 1 MES DE ANTELACIÓN ala fecha de finalización del mismo( dia X de Noviembre de 2007). Una vez recibido el burofax, en la fecha indicada,dia X de Noviembre de 2007, deberá reunirse con su arrendataria para firmar el documento de rescisión de contrato y devolución de llaves. A partir de ese momento usted podrá disponer de la vivienda.
3)" me informo que el papel que firmo la inquilina no sirve de nada'? esto es asi???".
En mi opinión dicho documento podría servir para los fines que usted busca(recuperar la vivienda),pero entraña bastante más riesgo que la solución que le he indicado en el punto 2º.