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Tengo un contrato de alquiler del año 2003

3 Comentarios
 
Tengo un contrato de alquiler del año 2003
12/01/2009 12:46
Mi caso es el siguiente:
Tengo un contrato de alquiler del año 2003, me cumple el periodo anual el 20 de enero 2009. La propietaria me avisó mediante burofax de si quería renovar, y yo le contesté por carta certificada que no, porque me ha tocado un alquiler de vpo. En la carta que yo le envié le puse que descontase de la mensualidad de enero la fianza, y me dice que esto no es así, que le pague todo el mes de enero, y que luego en 2 o 3 meses me devolverá la fianza ¿esto es así?. Mi intención es pagar, pero no estoy segura de que me devuelva la fianza. ¿si no le pago el mes de enero a costa de la fianza, me puede denunciar? Le he pedido que me deje quedarme unos días más, pagándoselos, porque se me esta retrasando lo del otro piso y no quiere. ¿que consecuencias puedo tener? ¿Le puedo ingresar dinero en el juzgado por los días que este de más o me tengo que ir al cumplir el contrato?
perfil Jan
13/01/2009 12:19
Hola konor. Para resolver su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos. Úna sola consulta debería ser suficiente para resolver sus dudas.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
14/01/2009 01:04
Muchas gracias, Jan.
Sabrias decirme, si al finalizar el contrato le tengo que firmar algún documento?
Si yo le entrego las llaves, en cuanto tiempo me tiene que devolver la fianza?
perfil Jan
15/01/2009 20:31
Hola konor. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:

1)"Sabrias decirme, si al finalizar el contrato le tengo que firmar algún documento?"

La respuesta es AFIRMATIVA. Debe firmarse el documento de RESCISIÓN de contrato.

2)"Si yo le entrego las llaves, en cuanto tiempo me tiene que devolver la fianza?"

El plazo es de 1 mes desde la entrega de las llaves. Transcurrido dicho plazo la fianza dedvengará el interés legal del dinero hasta su restitución(art 36 LAU 1994).

Reciba un cordial saludo.