Lo cierto es que no se entiende muy bien eso de que cuando hay un festivo entre semana sólo le cuentan 29 h/sem.
Todo depende de la actividad que usted realice pero todo trabajador en éste país, (aunque trabaje los festivos) tiene que realizar un nº determinado de horas que fija el convenio para el año en curso.
¿Qué quiere decir esto? Pues que usted si trabaja los domingos y festivos debe mirar el nº de horas que tiene que hacer al año según su jornada y lo que marque el convenio de aplicación porque posiblemente le están timando ya que a final de años si trabaja los festivos estará haciendo un exceso de jornada que no le abonan y si como dice que cuando los descansa no le contabilizan las horas ese día pues lo mismo porque entonces no estará disfrutando del festivo que le corresponde.
Óiganos profesión y convenio y le diremos como deben contabilizar o el nº de horas a realizar durante el año correspondientes a su jornada.
Buenos días
Tengo un contrato de 35 horas de lunes a domingo en comercio, si tengo algún festivo y me toca trabajar me pagan el festivo y hago las 35 horas semanales , si no me hacen trabajar pues esas horas me las descuentan y trabajo 29 horas esa semana, pues bien la semana que viene es festivo lunes y martes y me hacen trabajador lunes pero no martes y según el horario previsto hago 35 horas la semana que viene repartidas en los demás días, está mal verdad?
Tendrían que descontarme las horas del martes que es festivo y hacer en total 29 horas o pagarme el martes e ir a trabajar y así podría hacer las 35 horas que hago normalmente ?
No sé si me e explicado bien..
Gracias de antemano