Vamos a ver,me refiero que el 50% de lo ganado en ese negocio es de la ex,no el negocio en sí.Le pongo un ejemplo,si usted tuviera un piso suyo (bien privativo) y estuviese alquilado,a su ex no le correspondería nada más que el 50% de los alquileres cobrados.Como el piso que usted menciona no está alquilado,entonces no es nada más que de su propiedad.Si la enfermedad de su mujer la inhabilita para trabajar si que puede solicitar una pensión y un tribunal médico evaluaría su grado de incapacidad y por tanto la cuantía de la pensión que tendría que cobrar,eso es cosa de la seguridad social.La pensión por incapacidad la puede solicitar en la seguridad social en cualquier momento,independientemente de los procesos de divorcio,no tiene nada que ver.Si vende el negocio hágalo después de la separación de bienes.
Gracias Morgana.. Me quedan dudas. Mi ex tiene 45 años como yo, pero con el tratamiento se ha deteriorado mucho. Le doy a mi hijo 400 euros porque él realiza compras y comida de la casa. No entiendo lo siguiente: Si se trata de negocio que mi padre me dejó en herencia, entoncés ¿también me puede pedir la mitad de la casa que habito ahora que fue dejada en herencia al igual que el negocio?
¿No me sería más rentable vender el negocio, buscarme otro trabajo y así dejaría de pagar alquiler de local e impuestos ? ¿Tendría que pasarle así alguna pensión? ¿Qué pensión por enfermedad puede cobrar? ¿Tiene que tener el divorcio para ello o puede pedirla ya?
Primero,la pensión la tiene que designar el juez.La abogada de su ex podrá demandar la cantidad que le de la gana pero es el juez quién tiene la última palabra.Segundo,por 8h.semanales que le ayuda su hijo,me parece una exageraciónpagarle 400 €,eso lo cobran muchas personas por una jornada entera todos los meses.Es cierto que el 50% del negocio es de su ex,osea los rendimientos de ese negocio.No entiendo por qué tiene que vivir en una casa,que bien se podria vender y hacer separación de bienes y repartir al 50%,máxime cuando no se tienen hijos menores de edad.En cuanto a ayuda por enfermedad,si la puede obtene,más que ayuda diria que pensión.Otra cosa,la pensión compensatoria es limitada en el tiempo,eso depende de la edad que tenga su ex,si es avanzada,si que se convierte en vitalicia.En eso los jueces son reacios a la hora de quitarle la pensión a una mujer de avanzada edad,puesto que consideran y mas si está enferma que no tiene acceso ya al mercado de trabajo.Otra cosa que se me ocurre,es que, si usted considera que haya habido en su matrimonio o antes de su celebración,alguna cosa que pudiese ser considerada como supuesto para iniciar un proceso de nulidad eclesiástica,yo consideraria esa posibilidad y selo plantearia a mi abogado.Pediria la nulidad eclasiástica y si procede le pagaria una cantidad como indemnización de buena fe(eso lo tiene que decir el tribunal eclesiástico) y rompería todo vínculo con mi ex y se extinguiría la pensión compensatoria.De ese modo,el día de mañana si por las cosas de la vida se quedara viuda,tampoco cobraría pensión de viudedad.
Salvo mejor criterio (como dicen por aquí)
Saludos.
Heredé un negocio familiar (pescadería en local alquilado) y un piso, que ahora habito) construido por mí en un terreno de mi familia, cuando estaba casado.
La abogada de mi ex me exige "como mínimo" 700 euros al mes de pensión. Yo me estoy haciendo cargo de la hipoteca de su vivienda (750 euros) en la que vive con mi hijo de 26 años (aún pendiente de una carrera corta que se ha vuelto larga pues lleva 2 años con 1 asignatura que no saca). Él me ayuda un poco en el negocio (8 horas semanales), y yo le doy 400 euros al mes.
Trabajo unas 12 horas diarias. Sin empleados, porque pago al mes entre hipoteca, seguro autónomo, ICO, módulos de hacienda, etc más de 2.200 euros. Mis ganancias no van más allá de 2.500 euros mensuales, cuando tengo un mes BUENO. Vivo en condiciones precarias, con goteras y ventanas desvencijadas por no tenr medios para arreglar mi vivienda.
Mi ex mujer no trabaja. Sólo lo hizo una temporada (echándome una mano en el negocio). a causa de sus problemas depresivos.
Mi duda es la siguiente: ¿Es obligada esa pensión que pide, según parece, vitalicia? Alega que es también propietaria del negocio, que su hijo está en edad de estudios, etc. ¿Hay alguna fórmula para que se acoja a una ayuda por su enfermedad? Yo ya no doy para más económica y psicológicamente ... ¿Qué me aconsejais?
Heredé un negocio familiar (pescadería en local alquilado) y un piso, que ahora habito) construido por mí en un terreno de mi familia, cuando estaba casado.
La abogada de mi ex me exige "como mínimo" 700 euros al mes de pensión. Yo me estoy haciendo cargo de la hipoteca de su vivienda (750 euros) en la que vive con mi hijo de 26 años (aún pendiente de una carrera corta que se ha vuelto larga pues lleva 2 años con 1 asignatura que no saca). Él me ayuda un poco en el negocio (8 horas semanales), y yo le doy 400 euros al mes.
Trabajo unas 12 horas diarias. Sin empleados, porque pago al mes entre hipoteca, seguro autónomo, ICO, módulos de hacienda, etc más de 2.200 euros. Mis ganancias no van más allá de 2.500 euros mensuales, cuando tengo un mes BUENO. Vivo en condiciones precarias, con goteras y ventanas desvencijadas por no tenr medios para arreglar mi vivienda.
Mi ex mujer no trabaja. Sólo lo hizo una temporada (echándome una mano en el negocio). a causa de sus problemas depresivos.
Mi duda es la siguiente: ¿Es obligada esa pensión que pide, según parece, vitalicia? Alega que es también propietaria del negocio, que su hijo está en edad de estudios, etc. ¿Hay alguna fórmula para que se acoja a una ayuda por su enfermedad? Yo ya no doy para más económica y psicológicamente ... ¿Qué me aconsejais?