Hace 4 años mi mujer pidió un préstamo al banco y tuve que avalarla, al principio era un aval pero al final el banco me puso a mi como titular también, el dinero era para ella y ella pagaba todas las cuotas como habíamos acordado hasta hace dos años que nos divorciamos, en la demanda de divorcio no hicimos constar ese préstamo ya que yo me tendría que haber hecho cargo de la mitad y hasta esa fecha ella lo había pagado sin problema, después de divorciarnos ella dejó de pagar el préstamo (no tengo ninguna relación con mi ex mujer) por lo que el banco me empezó a llamar a mi y he tenido que ir pagando las cuotas desde entonces. Hay alguna manera de que el banco obligue a ella aunque sea a pagar la mitad del mismo aunque yo me tenga que hacer cargo de la otra mitad.?? Muchas gracias
Pues si puede llegar a un acuerdo con el banco para que carguen en la cuenta de la otra obligada la mitad del recibo, no hay problema, pero debe tener en cuenta que el préstamo se ha suscrito con carácter solidario, por lo que en caso de que la otra parte no pague, ni tan siquiera su parte o cuando devuelva el cargo, el banco puede (y de hecho lo hará) contra usted para reclamarle esos impagos (con el inconveniente, además, de que pueden aplicar comisiones por reclamación de posiciones deudoras).
No obstante, siempre le queda la posibilidad de reclamar judicialmente a su expareja que se haga cargo de al menos la mitad de todas las cuotas que haya pagado usted exclusivamente.
Llegar a un acuerdo con el banco es imposible puesto que mi ex mujer se ha desentendido de pagar tanto ese préstamo que tiene conmigo como el resto de sus deudas y el banco sabe que no va a pagar, además ya no cobra por ese banco porque cambio la nómina.
Respecto a reclamar judicialmente que me pague la mitad creo que esa posibilidad es mas acertada aunque espero que no haya problema al no mencionar ese préstamo en la demanda de divorcio, supongo que sería un abogado mercantil el que podría mirarme eso, lo que tendría que devolverme mi ex mujer serían al rededor de 5.000€.
Hola Poli, no tienes más remedio que pagarlo, yo y pasé por eso.
Para reclamar judicialmente tienes que tener el contrato de préstamo.
Yo reclamé presentando los recibos pagados por mi, en una cuenta solo a su nombre, pero como no tenía el contrato, en el juzgado desestimaron mi pretensión "no podían saber si él era responsable del pago"...
Efectivamente, tienes que tener copia del contrato de préstamo, pero si no lo conservas no creo que tengas problemas en que la entidad financiera te facilite una copia.
Puede incluso hacerte un certificado en el que especifique quiénes son los titulares del préstamo, qué cantidad se prestó y la cuantía de las cuotas.