Verá: en tanto su hija no sea económicamente independiente, y/o un juez decida modificar, suspender o suprimir la pensión de alimentos (en este supuesto usted debería instar un procedimiento de modificación de medidas), USTED ESTÁ OBLIGADO a pasar mensualmente la cantidad estipulada.
Si unilateralmente decide dejar de pasar la pensión, podrá ser denunciado por ello, asumiendo las consecuencias civiles y penales que de ello se deriven.
Tengo 2 hijos y hace 2 años me divorcié. He estado pagando religiosamente cada mes la pensión alimenticia de cada uno de ellos, a pesar de que la niña de 18 años no me habla, ni quiere saber nada de mi, desde mi separación. Me gustaría saber si puedo dejar de pagarle la pensión a la niña, ya que no quiere saber absolutamente nada de mi, mas que nada para darle una lección, o por el contrario, tenga o no tenga relación con ella siempre he de complir con el pago de la pensión alimenticia.
Espero alguna respuesta.
Muchas gracias.