Hola:
Tengo una duda bastante seria sobre la ley de urbanismo. Voy a intentar explicarme lo mejor posible ya que el temita se las trae.
Bueno, tengo una nave en un poligono en el cual ha habido reparcelaciones, es decir, que se ha ampliado. dicha nave tiene mas de 30 años, y esta en plena actividad, lo que es decir, que ya tengo el servicio de luz y agua.
Ahora he recibido una carta en la que me dicen que se me valorara el coste de la luz y el agua, y que posteriormente debo pagar otra vez por el enganche de la luz y el agua.
Mi duda es:
¿pueden obligarme a pagar un servicio que yo ya tengo y que en su dia se pago?
¿por que me valoran mi instalacion muy baja y me hacen pagar a mi una burrada? Espero que alguien me pueda aclarar algo, ya que creo que vivo en un mundo de locos