Actualmente estoy desempleada, he agotado la prestación por desempleo y como he alquilado mi casa por 879€ al mes para pagar hipoteca y demás, no tengo derecho a cobrar el subsidio.
Me han ofrecido un trabajo de encuestadora en el CIS, SIN CONTRATO, y yo tendría que hacer una FACTURA con el importe total de las encuestas finalizadas, y me DESCUENTAN el 15% de IRPF. El ingreso al mes de las encuestas del CIS no superaría el salario mínimo interprofesional mensual.
Si no hay contrato, ¿pueden descontarme a mí el 15% de IRPF, es legal?.
¿Estoy obligada a darme de alta como AUTÓNOMO porque percibo 879€ al mes por el alquiler de mi casa, que es una cantidad mayor que el salario mínimo interprofesional mensual, o no tiene nada que ver la renta de capital inmobiliario y lo que influye es que cada factura no supere el salario mínimo interprofesional mensual, o que el conjunto de facturas no supere el salario mínimo interprofesional mensual?.
¿En resumen, puedo compaginar el alquiler de mi casa con el trabajo de encuestadora CIS sin darme de alta como autónomo, es legal?. ¿Qué cantidad no puedo sobrepasar al mes?. ¿Qué tengo que calcular para no sobrepasar esa cantidad: la renta inmobiliaria, sólo la laboral CIS, o ambas?.