Duerme tranquilo que la versión de los hechos solo te preocupa a tí y al juez por un lado le entra y por otro le sale...
A nadie le importa. No te obsesiones...
Al juez procura ni verlo. Es que en lugar de Derecho del que te publicitan por la tele se actúa mucho por otro que se llama consuetudinario y quedas juzgado si llevas una legaña o te ha caido una hoja de chopo al cruzar la calle, o si te pareces a alguien que conoce...Ni verlo...Seguro que tu abogado se ha leido los hechos que te parecen incorrectos y de ello habrá sacado la conclusión de que no has podido interrogar a los declarantes de los hechos con lo que sabrá que no se ha producido el principio de contradicción y si tu preocupación viene porque los hechos que crees ciertos se te ha impedido probarlos porque se te ha negado la aceptación de las pruebas o aceptadas se las han pasado por allí, existe nulidad de pleno derecho y lo mejor es que duermas e incluso pasees al perro como dueño sonriente cantarín y feliz....
Digamos que hay dos tipos de procesos, el verbal y el ordinario.
El verbal es oral, donde su abogado se ratificará en la demanda y expondrá verbalmente lo que crea conveniente, y el abogado de la administración se opondrá verbalmente.
Luego está el ordinario, donde puede ser todo por escrito, sin vista oral, o puede ser con vista oral.
Todo eso lo sabrá su abogado, pregúntele que para eso le paga.
Buenos días, me gustaría informarme sobre si tengo derecho a ser escuchado por el juez y poder explicar así mi versión de los hechos en un contencioso-administrativo. Sí alguién puede decirme si hay trámite de audiencia al afectado me hace un favor ya que llevo meses sin pegar ojo pensando en el jucio y pienso que necesito explicar mis circunstancias aunque sólo sea para poder volver a dormir.