Si en dos años no se ha cambiado los órganos de gobierno, tengo que pensar que no se han realizado las reuniones ordinaria que por ley hay que hacer cada año (una al año como mínimo) y tampoco se han efectuado las liquidaciones anuales, es decir la contabilidad. Explíquelo.
Cuando comience la reunión pregúntele al administrador por qué no asesoró convenientemente al presidente y le advirtió que esa decisión no le corresponde a él, de haberlo hecho, este problema no existiría. Y dígale que a él se le paga para que actúe como mandatario de la comunidad y que el mandato dado es la aplicación de la ley de propiedad horizontal, en concreto el artº 20, donde se expresa la obligación de asesorar y advertir a los vecinos sobre actuaciones indebidas. Y a ver que le dice. El problema no lo generado el presidente, sino el administrador que ha sido el que lo ha aceptado según manifiesta usted.
Otra cosa adicional de relevancia es que desde hace 2 años no se han renovado los cargos de la Junta con lo que dicho presidente ya no debería serlo y además el presupuesto está firmado pero sin fecha.
Ese problema lo tenemos. Por desgracia, el presidente ha firmado el presupuesto. La Junta que se hará este martes es para debatir y aprobarlo oficialmente, si bien se puede hacer con modificaciones y variar el importe de la derrama. Hemos recibido un documento del Administrador donde nos indica la deuda pero en la convocatoria de Junta no figura dicha deuda. Técnicamente ¿puede significar esto que en dicha Junta se mencione dicha deuda y se prive el derecho a voto en la misma, o bien sería efectiva la privación de derecho a voto en las siguientes Juntas?
Si el presidente acepta el presupuesto, vincula a la comunidad y por tanto son morosos. Esto se ha debatido en este foro varías veces y me he informado bien de ello. Desgraciadamente es así, aunque la última palabra la tiene S.S.
Ya he visto tu blok.
No puede. Usted no es moroso puesto que la junta de propietarios no ha dado su consentimiento expreso (escrito en acta) de la aceptación de ningún presupuesto que él ha elegido indebidamente, ya que no es competente para aceptar presupuesto alguno.
Pero pudir¡era ser que, por ignorancia del presidente, éste se haya extralimitado en sus funciones (este hecho se suele dar con frecuencia, azuzado por el propio administrador en muchas ocasiones, en contra del deber que tienen de asesorar para evitar situaciones conflictivas en las comunidades ) que ese presupuesto lo hubiera aceptado el presidente sin contar con la junta. Entonces existe un problema ya que el presidente es el representante legal de la comunidad en juicios y fuera de él, y si ha aceptado ese presupuesto, vincula a toda la comunidad, por ello debería preguntar al presidente sobre si él ha aceptado presupuesto alguno. Ni que decir tiene, que el presidente no es nadie para aprobar presupuesto alguno sin el consentimiento de los propietarios en junta. Si fuera el caso de que el presidente ha aceptado el presupuesto, entonces sí sería moroso pero usted puede ir judicialmente contra él por haberle ocasionado un perjuicio (X) al haberse tomado unas atribuciones de las cuales no es competente.
EL Administrador de nuestra Comunidad aprobó un presupuesto y derramas para unas obras sin que la Junta de Propietarios lo aprobara previamente. Devolví el recibo y le indiqué que convocara Junta para debatir esto. Ahora convoca la Junta pero a la vez me envía un documento requiriendo el pago del recibo, indicando que me pone en el Fichero de Morosos y que tengo una deuda con la Comunidad. Si no pago, ¿puede el día de esta Junta que es inmediata privarme de mi derecho al voto?